Campeche

PLC sería ocioso si vuelve a impugnar

CAMPECHE, Cam., 27 de agosto.- El magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC), Carlos Francisco Huitz Gutiérrez, asentó que el Partido Liberal Campechano (PLC) sería ocioso si vuelve a impugnar la sentencia de la Sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“Ya no, porque la Sala Superior, a la cual llegó, lo que tengo entendido, esta última sentencia no ha sido impugnada. Todavía tiene el derecho por ley de impugnarla, mediante un recurso que se llama de reconsideración ante la Sala Superior, lo cual considero sería muy ocioso, porque ya la Sala Superior ya dio su veredicto al respecto, su punto de vista al respecto, la Sala Regional, también en dos ocasiones y en varias ocasiones a nivel nacional”, destacó.

Precisó que el Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC) fue el que empezó con la incertidumbre de cómo tenía que ser el 3 por ciento, dado que para esa institución no quedaba claro este requisito.

Argumentó que luego de la petición del IEEC, es que el TEEC entra a analizar de fondo el tema, por lo que es que emiten tal sentencia, dado que el PLC no contaba con el 3 por ciento de la votación general.

“Tomando en consideración el criterio decretado o sentenciado o previsto por la autoridad federal que era de que el 3 por ciento se debía considerar toda la elección en su conjunto, no una o dos elecciones o de juntas municipales, ese criterio ya estaba aprobado por el Tribunal Federal, con base a ese criterio y otros precedentes, determinó el Tribunal Electoral del Estado que el IEEC debía de proceder a la cancelación o la pérdida de registro del partido político que en este caso nada más era el PLC, sino había llegado a ese 3 por ciento”, recordó.

Al ser cuestionado si debería de reformarse la ley electoral, debido a que se presta a muchas interpretaciones, Huitz Gutiérrez manifestó que no es necesario, porque solo es cuestión de entender lo que está ahí escrito, pero lo que podría hacerse es que sea más clara, con respecto a lo que necesitan los partidos para permanecer como estos.

Detalló que el principal requisito que pide la Ley Electoral es que tenga base social, porque es un partido estatal, no es un partido municipal, dado que no existen los partidos municipales, ni de juntas municipales.

“Como se le exige a cualquier partido de nueva creación, tener determinado porcentaje del estado nominal, hacer sus asambleas en las dos terceras partes de un estado, para que se compruebe que tiene presencia y hay una distribución de los militantes y participantes del partido, ese es el espíritu de la ley”, añadió.

IEEC no actuó en

el marco de la ley

Por su parte, el diputado del Partido del Trabajo (PT), Antonio Gómez Saucedo, apuntó que lo señalado por la sala regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación exhibe que el IEEC no realizó de manera legal el cómputo, ni lo desarrolló dentro del marco legal.

“El mandato que da el poder judicial de la federación, a través de la sala regional de Xalapa, donde ya el partido local no existe, pero creo que políticamente la opinión tendría que ser en sentido de que exhibe al IEEC no realizó de manera legal el cómputo y del marco legal de nuestro estado”, exclamó.

Mencionó que los consejeros de la institución electoral en Campeche tienen que dar una explicación de por qué dijeron que el PLC podía permanecer con el registro, cuando era evidente que no cumplía con el tres por ciento.

“Los consejeros estuvieron argumentando, que lo habían hecho en el marco de la legalidad y hoy la sala superior les dice, les corrige la tarea, que no que la interpretación que hicieron a la ley de partidos, a la ley electoral en el estado fue incorrecta y que estaban favoreciendo en el mínimo de simpatía a un proyecto político, que además de su actividad política, estaba recibiendo recurso público”, finalizó.

(David Burelo)