Quintana Roo

Violatoria de los derechos humanos

Por Gabriel E. Manzanilla

CHETUMAL, 26 de octubre.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado (FGE), promovida por el diputado Eduardo Martínez Arcila cuando fue presidente de la Gran Comisión de la XV Legislatura del Congreso de Quintana Roo.

El recurso interpuesto por la CNDH es por considerar que se violan diversos preceptos constitucionales, así como diversos tratados internacionales en materia de derechos humanos.

El pasado 17 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad 111/2019, promovida por Luis Raúl González Pérez, presidente de la CNDH, en contra de la citada ley promovida por el panista Eduardo Martínez Arcila, cuando fue presidente de la extinta Gran Comisión de la XV Legislatura de Quintana Roo.

La Ley Orgánica de la FGE fue analizada al vapor y aprobada de urgencia el 14 de agosto de 2019, a menos de un mes de que concluya la XV Legislatura, luego se publicó el 13 de septiembre de 2019 en el Periódico Oficial del Estado.

La CNDH consideró que la ley violenta los artículos 1, 5, 14, 16, 18 y 20, inciso B fracción I, 32 y 35, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 1, 2, 8, 9 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el 2, 14.2, 15 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y 2, 4 y 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Se observa que la Ley Orgánica de la FGE establece facultades a las unidades administrativas de la Fiscalía para ordenar el aseguramiento de bienes “motu proprio” sin que exista control judicial previo, lo cual vulnera los derechos de seguridad jurídica y debido proceso.

Establece como requisito para ocupar cargos públicos en la Fiscalía el “no estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa”, así como “haber sido destituido o inhabilitado” por resolución firme como servidor público, lo que a consideración de la CNDH vulnera los derechos de igualdad y no discriminación de trabajo y de acceso a un empleo, al excluir de manera injustificada a aquellas personas que cometieron una falta administrativa y que hayan sido sancionadas.

El máximo órgano de los Derechos Humanos manifiesta que esta ley vulnera también el principio de presunción de inocencia, ya que impide el acceso a cargos dentro de la Fiscalía a personas que se encuentran sujetas a un procedimiento, sin que haya sido acreditada su responsabilidad administrativa.

La acción de inconstitucionalidad promovida expone que se vulneran los derechos de igualdad, no discriminación y a dedicarse a cualquier profesión, industria, comercio o trabajo lícitos, al establecer como la calidad de mexicano por nacimiento para ocupar cargos en la Fiscalía, excluyendo a aquellas personas cuya nacionalidad es adquirida por naturalización.