El motivo del exhorto es el sitio donde se pretende construir el hotel Grand Solaris, en Cancún
* En el Congreso local solicitan al gobernador que confisque el bien inmueble de 18 mil 844.31 metros cuadrados, ubicado a un costado de playa Delfines * Dicha obra está frenada por el Ayuntamiento de Benito Juárez por diversas irregularidades
Por Gabriel E. Manzanilla
CHETUMAL, 18 de junio.- La XVI Legislatura del Congreso de Quintana Roo analizará un exhorto promovido por el diputado Luis Fernando Chávez Zepeda, en el cual se solicita al gobernador Carlos Joaquín González que expropie el terreno propiedad de Villas Solaris S de RL de CV, que es donde se pretende construir el polémico Hotel Grand Solaris, obra que actualmente está frenada por el Ayuntamiento de Benito Juárez.
Aunque se trata de un documento que no tiene efectos vinculantes, el exhorto se fundamenta en la facultad constitucional que se otorga al gobierno del estado para imponer modalidades a la propiedad privada, atendiendo a causas de interés público o social y privilegiando el bien común o colectivo.
En esa tesitura, el diputado Luis Fernando Chávez promovió el punto de acuerdo mediante el cual se exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Quintana Roo, Carlos Manuel Joaquín González, para que dentro de sus facultades expropie por causa de utilidad pública el bien inmueble de 18 mil 844.31 metros cuadrados, identificado como lote 52-1 de la manzana 53, ubicado a un costado de playa Delfines de la zona hotelera de Cancún, propiedad de Villas Solaris S de RL de CV.
El documento fue ingresado en la sesión presencial de la Comisión Permanente del pasado 17 de junio, siendo turnado a comisiones para su respectivo análisis y posterior dictamen.
Una vez dictaminado, el exhorto debe ser aprobado por una mayoría de diputados de la XVI Legislatura para poder tener validez, aunque no existe una fecha límite para ello, todo depende de la rapidez con la que los legisladores atiendan este asunto o lo dejen archivado.
Además, por encontrarse en periodo de receso, las diputadas y diputados deberán convocar a sesión extraordinaria si es que quieren aprobar dicha propuesta o, en su defecto, tendrán que esperar hasta después del 5 de septiembre del año en curso, fecha en la que iniciarán un nuevo periodo ordinario de sesiones.
El referido terreno es donde se pretende construir la polémica obra del Hotel Grand Solaris, que consta de 449 habitaciones y una inversión de 90 millones de dólares estadounidenses, pero que actualmente se encuentra suspendida por el Ayuntamiento de Benito Juárez tras encontrar irregularidades legales y ambientales en su construcción.
“Los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal consagran como un derecho subjetivo público de todo gobernado la inviolabilidad de la propiedad privada. Sin embargo, la misma Carta Magna previene en su artículo 27 una excepción a este principio: la expropiación por causa de utilidad pública. La expropiación, entendida entonces como el sacrificio del derecho a la propiedad privada, encuentra su justificación en forma general en la exigencia imperiosa de adquirir determinado bien, que a pesar de formar parte de un patrimonio particular por sus características, pero también por sus condiciones o ubicación, es indispensable para la satisfacción de un interés social que puede ser para la construcción de bienes de uso público como parques, escuelas, hospitales, áreas verdes, como hipótesis genéricas, y también para salvaguardar la tranquilidad, la paz y la seguridad social”, justifica el exhorto promovido por el diputado del partido Morena.
También menciona que “la Ley de Expropiación del Estado de Quintana Roo establece en su artículo Segundo que son causas de utilidad pública: la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; la planeación y ejecución de obras de infraestructura, de equipamiento, de servicios urbanos y metropolitanos, así como el impulso de aquellas destinadas para el espacio público y para la movilidad; el cumplimiento y la ejecución de los programas de ordenamiento territorial, ecológico y desarrollo urbano a que se refiere este ordenamiento y las áreas definidas como de suelo estratégico; la constitución de reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda; la regularización territorial en los centros de población; la ejecución de acciones, obras o servicios tendientes a la seguridad de los asentamientos humanos, la delimitación de zonas de riesgo, la reubicación de población en riesgo y el establecimiento de polígonos de salvaguarda; la creación, recuperación, mantenimiento y defensa del espacio público para uso comunitario y para la movilidad; la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio cultural y natural de los centros de población; la edificación o mejoramiento de vivienda de interés social y popular, y el apoyo a la producción social de vivienda; la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, y la atención de situaciones de emergencia debidas al cambio climático y fenómenos naturales”.
Además, el documento sostiene que los bienes nacionales de uso público o bienes públicos son aquellos bienes cuyo uso pertenece a todos los habitantes de la nación, como calles, plazas, puentes, caminos, el mar adyacente y sus playas.
En el caso de los bienes nacionales de uso público están regulados por los mismos cuerpos normativos reguladores de los bienes fiscales. Pero aun así, la ley les da un tratamiento distinto que el de estos últimos, basándose en el uso colectivo de estos inmuebles ejercido por todos los habitantes de la nación.
“Respecto a las construcciones que involucran la ocupación de bienes nacionales, nuestra ley señala que nadie puede construir ninguna obra sobre calles, plazas, puentes, playas, terrenos fiscales y demás lugares de propiedad nacional, a excepción de que cuente con un permiso especial de autoridad competente. Cualquier construcción que sirva para la comodidad u ornato de los edificios, o hagan parte de ellos, no puede ocupar ningún espacio, por pequeño que sea, de la superficie de las calles, plazas, puentes, caminos y demás lugares de propiedad nacional. Para obras que con permiso de la autoridad competente se hayan construido en sitios de propiedad nacional, los particulares que han obtenido esos permisos sólo tienen el uso y goce de las obras y no la propiedad del suelo”, explica el diputado Luis Fernando Chávez en su exhorto.
El documento se complementa con la cronología de la construcción de la polémica obra hotelera, recordando que la firma Hoteles Solaris de México inició trámites desde noviembre de 2016 para construir el nuevo hotel de 449 habitaciones, ubicado en el kilómetro 17 de la zona hotelera de Cancún. La autorización de impacto ambiental le fue otorgada en junio del 2017 por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
El proyecto consiste en un edificio de 14 niveles, planta baja y dos sótanos, así como las áreas exteriores, que constan de albercas, restaurante grill, asoleaderos, áreas verdes, área para bodas, cancha deportiva multiusos, entre otras amenidades.
Se informa que después de un proceso de investigación en el que la empresa hotelera se negó a comparecer se revocó este permiso; sin embargo, antes de concluir su gestión la administración municipal de Remberto Estrada Barba le otorgó un nuevo permiso idéntico al anterior, salvo por la fecha de emisión.
Con ese permiso se reiniciaron los trabajos en la zona en el año 2019, aunque al extraerse arena del predio los trabajos fueron frenados parcialmente por la Profepa.
Ante esto y fundamentado en el Plan Municipal de Desarrollo, en el Eje 3 de Desarrollo Sostenible, la actual presidenta municipal de Benito Juárez, “Mara” Lezama, junto con el área técnica y el Cabildo municipal se abocaron a la revisión exhaustiva del expediente administrativo correspondiente al proyecto hotelero denominado Gran Solaris Cancún.
La autoridades municipales aclararon que la presente administración del Ayuntamiento de Benito Juárez 2018-2021 no emitió la Licencia de Construcción del proyecto hotelero denominado Gran Solaris Cancún; tampoco participó en la venta del terreno, cuya operación correspondió al Fonatur hace casi 16 años y no expidió la respectiva Manifestación de Impacto Ambiental, que únicamente es potestad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como también se aclaró que el predio no es playa pública, sino propiedad privada.
Por considerar que existen irregularidades en el otorgamiento de la licencia de construcción, el Ayuntamiento de Benito Juárez suspendió la construcción del hotel Gran Solaris, el cual se edificaba a un costado de la emblemática playa El Mirador de la zona hotelera de Cancún.
La alcaldesa “Mara” Lezama aseguró que hay una política de defensa de las playas públicas de Cancún y esa será la tónica durante su trienio con apoyo del gobierno federal.
El secretario de Ecología y Desarrollo Urbano, Armando Lara De Nigris, informó que una de las irregularidades encontradas fue la no vigencia de documentos entregados por la empresa promovente para tramitar la licencia de construcción durante el trienio del hoy exalcalde Remberto Estrada Barba.
El documento también señala que los permisos fueron expedidos por la administración anterior sin tomar en cuenta la vigencia de ciertos documentos administrativos, los cuales estaban vencidos al momento de la expedición de la licencia, contraviniendo lo dispuesto por el artículo 56 fracción 1 del Reglamento de Construcción para el municipio de Benito Juárez Quintana Roo. Algunos detalles de esta cuestión administrativa se encuentran como información reservada en virtud de que existen diversos procedimientos legales y por ende el actual procedimiento administrativo.
Se explica que la suspensión