Campeche

Rosas, pasivo con policías golpeadores

Los abusos que cometieron elementos de la Dirección de Seguridad Pública, Vialidad y Tránsito Municipal (Dspvytm), como Oscar Hernández Santos, Asunción Chablé García, Luis Rosado Muñoz y Silvia Pérez Pérez, fueron denunciados por ciudadanos y quedaron asentados en dos recomendaciones que hizo la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche (Codhecam) al Ayuntamiento, a cargo del Espurio Alcalde Oscar Rosas González.

Acorde a dos de ocho recomendaciones de la Codhecam al Ayuntamiento, la dependencia menciona que los elementos policiacos cometieron y violentaron los derechos de las víctimas.

Los hechos

De la queja 1318/Q-212/2018, formulada en septiembre del año pasado, el quejoso Daniel Chablé Hernández dijo que fue sometido como un “vil delincuente” por elementos de Seguridad Pública de la Policía Municipal y Estatal, que lo asaltaron también porque le decomisaron 1 mil pesos en efectivo, cantidad que no le devolvieron.

Además de los señalamientos a los efectivos estatales, el denunciante señaló a Oscar Hernández Santos y Asunción Chablé García, elementos de la Policía Municipal, junto con la licenciada Silvia Pérez Pérez, jueza calificadora en turno, mismos que igual son señalados en la recomendación.

Sin embargo, y contraviniendo la ley en la materia, el Espurio Ayuntamiento se ha negado a acatar lo que marca la Codhecam inmediatamente después de emitir su recomendación: “…a partir de la aceptación de la presente Recomendación, como forma de revelación pública y completa de la verdad, se haga pública a través de su portal oficial de Internet siendo visible desde su página de inicio, mediante un hipervínculo titulado ‘Recomendación emitida al H. Ayuntamiento de Carmen, por violaciones a Derechos Humanos, en agravio del C. Daniel Chablé Hernández’, y que direccione al texto íntegro de la misma”.

“Dicha publicación permanecerá en el sitio señalado durante el periodo de seguimiento a la Recomendación hasta su cumplimiento, como acto de reconocimiento de responsabilidad, satisfactorio en favor de la víctima, en razón de que se acreditó la violación a derechos humanos, calificada como Insuficiente Protección de Personas y Ejercicio Indebido de la Función Pública”, advierte el texto del oficio PRES/VG2/160/2019/1318/Q-212/2018.

Desgraciadamente, las recomendaciones de la Codhecam no tienen ninguna jurisdicción dentro del Ayuntamiento, pero no los hace exentos de ser interrogados e investigados por elementos que buscan proteger y esclarecer abusos a los Derechos Humanos.

(Texto y fotos: POR ESTO!)