LA HABANA, Cuba, 23 de octubre (Pelayo Terry Cuervo, exclusivo para Por Esto!).- Diez años después de que se decidió el inicio de la entrega de tierras ociosas en usufructo a quienes deseaban cultivarlas, en un paso considerado arriesgado en algunos círculos internos, por las consecuencias que podría traer en el control de este recurso, Cuba puso en vigor este mes el Decreto-ley 358 y su reglamento sobre la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo.
Con esta decisión, las autoridades de la mayor de las Antillas buscan profundizar en una fórmula que le permita a la nación cubrir, con alimentos producidos aquí, la insatisfecha demanda de los ciudadanos, quejosos casi perennemente ante la falta de algunos de ellos y los elevados precios de los que quedan fuera de las regulaciones estatales.
La nueva norma intenta ofrecer algunas facilidades para aquellas personas que se decidan a cultivar tierras actualmente en manos de empresas y otras entidades y que no están produciendo alimentos, en una nación que gasta miles de millones de dólares anuales en la importación de una buena cantidad de mercancías para la canasta básica del cubano.
Este Decreto-ley, ya en efecto, introduce un grupo de cambios en cuanto a cómo se entrega la tierra en usufructo y flexibiliza las relaciones entre quienes se acogen a esa modalidad y las empresas que hoy pueden comercializar o contratar servicios.
De tal manera, entre las novedades de la norma se encuentran la extensión hasta 20 años del período que se puede entregar el usufructo a las personas naturales y la posibilidad de prórroga por igual espacio de tiempo, lo cual estaba limitado en la anterior, así como señala un incremento de la cantidad máxima de área a entregar a personas que no posean tierra (hasta dos caballerías), además de aumentar el espacio para la construcción o ampliación de bienhechurías.
Por otro lado, recoge la autorización para la entrega a personas naturales de áreas ociosas de la ganadería comercial para las producciones de cría y ceba de ganado, incluye elementos novedosos respecto a los procedimientos para eliminar trabas y morosidad en el proceso, señala la obligatoriedad de sembrar el alimento que requiere el ganado mayor hasta cubrir el balance de la masa, así como la indemnización del valor de las bienhechurías en el caso de la extinción parcial del usufructo, que sólo se realizará por necesidad pública o con un interés social.
Al comentar estas normas, Orlando Díaz Rodríguez, director jurídico del Ministerio de la Agricultura, señaló que el nuevo Decreto-ley 358 y el Decreto 350 establecen más garantías al usufructuario de tierras y puso como ejemplo, la posibilidad de que éste pueda vincularse a las empresas agropecuarias y forestales a través de sus unidades empresariales de base, además de a una cooperativa agropecuaria.
“La vinculación es un contrato que le permite recibir los servicios de esa entidad y también la venta de insumos y a su vez poder comercializar las producciones a través de la entidad a la cual se asocia”, señaló.
Díaz dijo que antes de iniciar la aplicación del Decreto-ley se realizó en todo el país un proceso de preparación y capacitación, desde el centro del organismo hacia las provincias y los municipios que “tuvo como objetivo fundamental capacitar, trasladar, informar e intercambiar, porque también para nosotros los seminarios fueron un ejercicio de aprendizaje importante porque nos retroalimentamos de las preguntas e interrogantes y se realizaron precisiones para la conducción del proceso a partir de su entrada en vigor”.
Al entregarse la tierra y ponerla en producción, “por supuesto que el fondo de tierra ociosa ha ido disminuyendo gradualmente y eso va tributando a una mayor organización de los ciclos productivos y de la producción agropecuaria”, precisó el funcionario y añadió que éste es otro paso en el desarrollo de una agricultura que requiere eficiencia y productividad.
Pasada una década del inicio del proceso de entrega de tierras ociosas en usufructo, más de dos millones de hectáreas están bajo esa modalidad, a cargo de más de 244 mil personas.