Quintana Roo

Suspenden aprovechamiento de una cría de león

De la Redacción

 

PLAYA DEL CARMEN, SOLIDARIDAD, 14 de febrero.- La Profepa impuso la suspensión total temporal para el aprovechamiento de una cría de león al cuarto regidor suplente de Solidaridad por el partido Morena, Félix Sandoval Jaime, el cual exhibía en su local en la Quinta Avenida con calle 14, por no contar con el Plan de Manejo actualizado y aprobado por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ni la autorización otorgada por la Secretaría para su aprovechamiento.

Hay que recordar que el pasado 30 de enero, activistas protectores de animales del grupo QROCK evidenciaron una vez más que mediante posible tráfico de influencias el cuarto regidor suplente de Solidaridad por Morena, Félix Sandoval Jaime, obtuvo permiso de la Profepa para la explotación de un cachorro de león en la emblemática zona turística de la Quinta Avenida, escudándose que también realizan labor altruista con supuestas “felinoterapias”, de modo que este día hicieron entrega al ayuntamiento más de 115 mil firmas que exigen se tome cartas en el asunto, solicitada mediante plataforma digital.

En boletín de prensa la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó que impuso la suspensión total temporal para el aprovechamiento de un ejemplar de cría de león (Panthera leo) exhibido en un local de la zona conocida como Quinta Avenida en Playa del Carmen, municipio de Solidaridad en Quintana Roo, por no contar con el Plan de Manejo actualizado y aprobado por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ni la autorización otorgada por la Secretaría para su aprovechamiento.

En atención a diversos reportes y denuncias por la presencia de fauna silvestre en este sitio, personal de Profepa en el estado con apoyo del personal de Seguridad Pública Federal, llevó a cabo visita de inspección al predio o instalación que maneja vida silvestre en forma confinada (PIMVS). Como resultado de la visita de inspección, se encontró a un ejemplar de cría de león africano (Panthera leo) de sexo macho de aproximadamente tres meses de edad en el interior de las instalaciones del establecimiento.

Al momento de la visita de inspección, el visitado presentó en original factura por el cual acredita la legal adquisición del ejemplar. Además, la verificación realizada al sistema de marcaje al ejemplar coincidió con el señalado en la factura presentada.

Sin embargo, el inspeccionado no pudo presentar el Plan de Manejo actualizado y aprobado por la Semarnat de acuerdo con el artículo Tercero transitorio del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, a su vez, tampoco acreditó la autorización otorgada por la Secretaría para el aprovechamiento del ejemplar de león africano en posesión.

Por lo anterior se determinó como medida de seguridad la suspensión total temporal de las actividades de aprovechamiento para el ejemplar de león africano albergado en las instalaciones del PIMVS  El ejemplar se mantiene resguardado en las instalaciones del predio sujeto a inspección.

De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre, su reglamento y las disposiciones de las normas oficiales mexicanas, las violaciones cometidas podrán ser sancionados con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50 mil días de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México. Y conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión.