La Secretaría de la Función Pública (SFP) Federal resolvió la queja interpuesta por ex trabajadores de Oceanografía, referente a los sucesos relacionados con la el buque embargado “Caballo Azteca” que fue movido el pasado mes de julio, violando una determinación de la autoridad laboral, así como el mismo embargo, al ser trasladada desde las costas de Sabancuy hasta el puerto de Seybaplaya, donde se realiza el ilegal chatarreo del bien.
La queja fue levantada el pasado 2 de septiembre ante el Organo Interno de Control en la Secretaría de Marina (SEMAR), pues los obreros consideraron que hubo francas omisiones por parte de la autoridad marítima, a través de la Capitanía de Puerto de Ciudad del Carmen, a cargo del Capitán Idelfonso Carrillo Mora, al solapar la violación del embargo, pese a la determinación manifiesta de la Junta Especial Número 1 de la Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), pues expresamente se había señalado la prohibición de permitir cualquier movimiento del “Caballo Azteca” y, sin embargo, fue trasladado más de 100 kilómetros de su sitio de encallamiento.
Mediante el oficio 1378/219, la Función Pública determinó que el actuar de los funcionarios de la Secretaría de Marina fue apegado al marco legal aplicable a sus funciones como autoridad marítima, por lo que no existen elementos suficientes que den pauta para iniciar un procedimiento de Presunta Responsabilidad Administrativa contra los sujetos señalados.
No obstante, emitió una recomendación de a dónde dirigir su denuncia por la violación de un embargo laboral, así como la destrucción sistemática, mediante el chatarreo, del único bien en garantía de sus derechos laborales.
Función Pública señala que, con fundamento en el Artículo 178 del Código Penal Federal, los quejosos que es la parte obrera tienen el derecho a interponer ante el Agente del Ministerio Público de la Federación, una denuncia por el delito de “Desobediencia de a un Mandato Legítimo”.
Cabe mencionar que la autoridad federal determinó que la plena responsabilidad no recayó en la Capitanía de Puerto, dependiente de la SEMAR, sino que es el responsable de la violación a la ley laboral la propia Junta Especial Número 1 del a Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeche (JLCA).
Indica que es a las autoridades de la JLCA contra quienes puede interponerse la denuncia penal federal por desobediencia, pues fue esta autoridad laboral la que dictó la orden de embargo dentro de los juicios laborales correspondientes en contra de la empresa Oceanografía S.A. de C.V., y es esta dependencia estatal la que funge como depositaria de la embarcación “Caballo Azteca”, por lo que es contra ellos con los que se debe realizar la acción judicial.
Robo del bien embargado
Recordar que tras años de batalla legal, los obreros lograron el embargo del “Caballo Azteca”; sin embargo, este bien ha sufrido múltiples daños que han significado la pérdida de su valor original; encallado desde 2017 frente a Sabancuy, a mediados de este año los ex trabajadores de Oceanografía lograron que se realice por fin las audiencias de remate.
Como parte de la impunidad que ha prevalecido en torno a este caso laboral, el bien embargado fue “robado” el pasado 23 de julio, cuando se violaron los exhortos de la JLCA hechos a la Capitanía de Puerto para evitar que el barco fuera movido.
En cuestión de horas el barco “apareció” frente al muelle de la cementera Monserrat Sand el pasado julio, estando en Seybaplaya se avanzó en su chatarreo ilegal, afectando de paso la temporada de pesca de pulpo, ya que no sólo se trata de una violación al procedimiento laboral, sino un delito contra el ecosistema marino.
La queja ante Función Pública fue levantada para hacer responsables a las autoridades que tenían bajo su tutela el resguardo del “Caballo Azteca”, las que no cumplieron con la ley, pero se determinó que quien tiene toda sospecha de culpa es la propia JLCA y a su vez la Secretaría de Trabajo del Estado, por permitir la violación de un embargo que ellos mismos determinaron.
(Texto y foto: Redacción /
POR ESTO!)