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Quintana Roo

Malecón Tajamar, un poco de historia

Por Eva Murillo

 

Desde la consolidación del Centro Integralmente Planeado (CIP) llamado Cancún, el Fondo Nacional de Turismo (Fonatur) visualizó un desarrollo en la zona que en ese entonces llamaron Malecón Cancún -hoy Malecón Tajamar- que fue dictaminado como tal el 5 de agosto de 1992, a través del oficio D.O.O.DGNRE No. 411- 0372, por medio del cual fue autorizada infraestructura urbana para un desarrollo habitacional, turístico, comercial, e incluso para efectuar actividades de dragado.

Según el Proyecto de Malecón Tajamar elaborado por Fonatur, una vez que el CIP Cancún quedó consolidado, inició la planeación del siguiente CIP en la zona, para el cual “observaron cabalmente lo que se establecía dentro del marco regulatorio vigente en materia ambiental y desarrollo urbano” y retomó el proyecto del ahora conocido como Malecón Tajamar.

Según la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para el proyecto, el plan era efectuar el desarrollo “Malecón Cancún” o “Malecón Tajamar”,  en tres etapas, de las cuales las dos primeras iban a ser evaluadas en el  documento y la tercera etapa, correspondiente a la construcción, estaría sujeta al cumplimiento de los requisitos ambientales que las autoridades soliciten o requieran en su momento a cada uno de los adquirientes de los lotes.

La primera etapa sería la urbanización construyendo vialidades e introduciendo servicios para la comercialización de los lotes; la segunda era la notificación para su posterior comercialización de acuerdo a los usos autorizados, y la tercera sería la construcción que se llevaría a cabo de acuerdo a las densidades autorizadas.

 

El presente Anteproyecto “Malecón Cancún” representa una versión

modificada del Proyecto denominado “Malecón Cancún”

 

Que mediante el acuerdo primero relativo al cuarto punto del orden del día de la Vigésima Cuarta Sesión Extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, celebrada el día 10 de noviembre de 2009, este Órgano Colegiado de Gobierno, autorizó el cambio de situación jurídica de bien del dominio público a bien del dominio privado de los siguientes Inmuebles: 1. Inmueble que se encuentra ubicado en el lote diez, manzana nueve, Supermanzana seis, de la ciudad de Cancún, con una superficie de 35,520.05 m2 (treinta y cinco mil quinientos veinte punto cero cinco metros cuadrados); 2. Inmueble que se encuentra ubicado en el lote cero uno, manzana nueve, Supermanzana seis, de la ciudad de Cancún, con una superficie de 3,000.00 m2 (tres mil metros cuadrados); y 3. Inmueble que se encuentra ubicado en el lote cero dos, manzana nueve, Supermanzana seis, de la ciudad de Cancún, con una superficie de 15,501.15 m2 (quince mil quinientos uno punto quince metros cuadrados).