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Se acabó el “Se vende”: Yucatán cierra la puerta a la informalidad inmobiliaria

A pesar de la entrada en vigor de la ley, de las cinco mil personas que se dedican a la intermediación inmobiliaria en Yucatán, solo 400 asisten a los cursos para la obtención de su licencia profesional.

Desde este año, todas las personas que se dediquen a la compraventa o renta de bienes inmuebles en Yucatán deben contar con licencia oficial
Desde este año, todas las personas que se dediquen a la compraventa o renta de bienes inmuebles en Yucatán deben contar con licencia oficial / Especial

El auge inmobiliario que transformó a Mérida en uno de los destinos de inversión más codiciados de México trajo consigo un problema que durante años nadie quiso resolver del todo: cualquier persona podía vender, rentar o intermediar en operaciones de bienes raíces sin más credencial que su teléfono y un cartel de “Se vende”.

Esa etapa llegó a su fin —al menos en papel— con la entrada en vigor de la Ley del Registro Estatal de Asesores Inmobiliarios de Yucatán y la reforma federal a la Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Piorpi o Ley Antilavado.

Juntas, estas dos normas configuran el marco regulatorio más exigente que ha tenido el sector en la historia del estado, y su implementación está generando tanto expectativas como resistencias en un mercado que mueve miles de millones de pesos al año.

Una profesión que ahora requiere título

Desde este año, todas las personas que se dediquen a la compraventa o renta de bienes inmuebles en Yucatán deben contar con licencia oficial como asesores inmobiliarios. La licencia la otorga exclusivamente el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán (Insejupy), que imparte una capacitación de 10 y 50 horas a través del programa Conocer, el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales. Solo quienes terminen y aprueben los cursos recibirán el título y la autorización para ejercer.

La ley contempla tres figuras: el Asesor Inmobiliario Certificado, la Agencia Inmobiliaria Certificada y el Asesor Inmobiliario Aliado. Fuera de estos nuevos perfiles profesionales, nadie podrá realizar operaciones inmobiliarias lícitas en Yucatán.

Lo que hace a esta ley particularmente robusta —y distinta a las que existen en otros estados— es su vínculo con el protocolo notarial. El asesor o agente inmobiliario quedará registrado en el acta notarial de cada operación que realice, deberá entregar su factura con el monto de honorarios cobrados y los datos de sus cuentas bancarias. Su nombre quedará plasmado en el protocolo notarial. Es decir, ya no hay posibilidad de operar en las sombras: cada transacción deja un rastro formal y rastreable.

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El problema: la gran mayoría no se está certificando

La ley puede ser impecable sobre el papel y, sin embargo, chocar con una realidad incómoda: de las cinco mil personas que se dedican a la intermediación inmobiliaria en Yucatán, solo 400 asisten a los cursos para la obtención de su licencia profesional. Los 4,600 restantes siguen operando sin certificación, en una zona gris que la norma aún no ha logrado cerrar del todo.

El rezago no sorprende del todo. Certificarse implica tiempo, trámites y dinero. La propia ley obliga al asesor inmobiliario a adherir el contrato ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), y el agente tendrá que invertir en equipos tecnológicos para el escaneo de documentos y bóvedas de seguridad, entre otros gastos para el ejercicio seguro de su trabajo. Para muchos intermediarios que llevan años operando de manera informal, el umbral de entrada se percibe alto.

La reforma antilavado: el músculo federal detrás de la ley estatal

La normativa local no existe en el vacío. Su fortaleza proviene en parte de una reforma federal que la respalda y le da dientes. Desde el 17 de julio de 2025, cuando se publicó el decreto de reforma a la Ley Piorpi, el sector inmobiliario mexicano se convirtió en una pieza clave en la estrategia nacional de prevención del lavado de dinero, con obligaciones que se volvieron exigibles a partir de febrero de 2026.

La reforma eleva los estándares en varios frentes. Se incluye expresamente la recepción de recursos destinados a desarrollos inmobiliarios cuya finalidad sea la venta o la renta, cuando los montos igualen o superen las 8,025 UMAs —alrededor de 940,000 pesos— a partir de febrero de 2026. Por encima de ese umbral, la operación entra automáticamente en el radar regulatorio.

Pero no solo las operaciones grandes están bajo escrutinio. Si una operación resulta atípica o sospechosa —aunque no supere los montos de aviso— deberá reportarse a la autoridad en un plazo máximo de 24 horas, incluso cuando la operación finalmente no se haya formalizado.

La reforma también impacta los plazos de conservación de documentos: la obligación de conservar la información relacionada con las operaciones se extiende a 10 años, duplicando el plazo anterior, e incluye expedientes de clientes y documentación interna. Esto afecta directamente esquemas comunes en el mercado: preventas, aportaciones a proyectos, inversiones inmobiliarias, fideicomisos y estructuras de financiamiento que, en el pasado, operaban con criterios menos estrictos.

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Por qué Yucatán y por qué ahora

El contexto no es casual. Yucatán ha sido en los últimos años un estado muy próspero en cuanto al desarrollo inmobiliario, y esa prosperidad ha atraído también flujos de capital de origen incierto. Las reformas responden a presiones internacionales para cerrar brechas en sectores tradicionalmente susceptibles, y a partir de 2025, con la nueva administración federal, la ley antilavado se ha endurecido porque el país está envuelto en temas de dinero de procedencia dudosa.

En otros estados del país las leyes inmobiliarias son mucho más sencillas. En Yucatán, la norma llega con una exigencia mayor, precisamente porque en el intermediario inmobiliario recae ahora una responsabilidad que antes solo tenían los notarios.

La Secretaría de Hacienda federal fijó un plazo hasta julio de 2026 para publicar las reglas de carácter general y comenzar a ejercer las facultades de vigilancia más estricta de las operaciones inmobiliarias.

¿Qué cambia para compradores e inversionistas?

Para quien compra o renta un inmueble, el impacto más visible es la mayor certeza jurídica. Los contratos y trámites estarán respaldados por asesores capacitados y certificados, se reducen los riesgos de fraudes o malas prácticas, y quienes decidan invertir en Yucatán lo harán en un mercado regulado.

Para el sector, la transformación es más profunda: el corredor de bienes raíces que operaba con informalidad —sin facturas, sin registro, sin responsabilidad legal explícita— ya no tiene cabida formal en el nuevo esquema. La pregunta es cuánto tardará la realidad en alcanzar a la ley.