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Quintana Roo

Se suspende navegación recreativa

Por Ovidio López

 

ISLA MUJERES, 29 de marzo. – A partir de este domingo 29, la Capitanía de Puerto de Isla Mujeres fue instruida a negar los despachos y salidas a las embarcaciones dedicadas a la prestación de servicios de turismo náutico con embarcaciones menores de recreo y deportivas, tanto mexicanas como extranjeras, a fin de evitar la propagación del COVID-19, según documento oficial.

Ese documento, fechado en la Ciudad de México, fue emitido este domingo por el director general adjunto Capitanías de Puertos, el contralmirante Rafael Vaca. En la fracción IV indica que “en seguimiento a las recomendaciones emitidas en el acuerdo antes mencionado; y con fundamento en lo establecido en los artículos 37 y 49, fracción IV de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, se les instruye a realizar la acción siguiente: A partir de la fecha hasta nuevo aviso, deberá negar los despachos y salidas de esas embarcaciones ya descritas por todas las capitanías de puertos en el país”.

Desde el encabezado el documento señala que “se giran instrucciones a fin de negar despachos y salidas a las embarcaciones dedicadas a la prestación de servicios de turismo náutico, con embarcaciones menores de recreo y deportivas mexicanas y extranjeras; así como como aquellas embarcaciones nacionales y extranjeras para uso particular empleadas para fines recreativos”.

Recuerda que el 24 pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo emitido por la Secretaría de Salud, por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad viral.

El presente acuerdo menciona en su párrafo tercero, del artículo primero, que las autoridades de los tres órdenes de gobierno estarán obligadas a la instrumentación de las medidas preventivas contra la enfermedad por el virus, a que se refiere el primer párrafo de este artículo. También hace mención que las dependencias y entidades de la administración publica federal y las organizaciones de los sectores social y privado, como medida preventiva deberán suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor de esta medida.

Hace mención que en consideración a las recomendaciones emitidas por la Secretaría de Salud en la conferencia de prensa “Informe sobre COVID-19” del sábado 28, se instruye tomar acciones a fin de evitar la rápida propagación del coronavirus.

 

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