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Yucatán

Proyectan Norma Oficial para sal de mar

La Sagarpa ela

boró el “Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-005-SAGARPA-2018, Sal de mar artesanal-Especificaciones mínimas de calidad agroalimentaria” para generar certeza en los productores y consumidores de este producto, por lo que involucra y abarca a toda la cadena productiva, en la que Yucatán participa activamente.

“Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las especificaciones de calidad agroalimentaria que se deben cumplir en la extracción y preparación de la sal de mar obtenida a través de un proceso artesanal que es utilizada como ingrediente de los alimentos.

“Es aplicable a la sal de mar artesanal proveniente de salinas con trazado tradicional y obtenida con artes no industriales, utilizada como ingrediente de los alimentos. Es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas o morales que se dedican a su proceso de extracción y preparación, así como a su proceso de envasado, etiquetado y comercialización. Y no aplica a la sal de mar que ha recibido algún tipo de tratamiento industrial”.

Autenticidd y evaluación

La NOM pretende garantizar la autenticidad y evaluación de la sal de mar artesanal, así como asegurar que se cumpla con las especificaciones que son necesarias para que el producto sea denominado como tal.

Argumentan que el proyecto de NOM fue aprobado en la segunda sesión ordinaria del Subcomité Especializado en Competitividad, celebrada el 25 de julio del 2018, y posteriormente fue aprobado en la cuarta sesión ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria de la Sagarpa, de fecha 10 de agosto del 2018, con el fin de ser publicado en el Diario Oficial de la Federación para efectos de consulta pública, que es la fase en la que se encuentra, ya que fue publicado ayer en el DOF.

“Actualmente en los mercados mundiales se lleva a cabo la venta de sal de mar o sal marina, así como flor de sal artesanales para uso directo del consumidor, con un contenido inferior en cloruro de sodio en comparación con la sal de extracción no artesanal, característica que adquiere debido al proceso de obtención artesanal proveniente de salinas con trazado tradicional y obtenida con artes no industriales, a través de procedimientos que mantienen las características organolépticas que contiene la sal de mar y que caracterizan al producto objeto de esta norma como un producto de calidad agroalimentaria que va dirigido al consumidor final.

“Las sales extraídas de forma artesanal son recolectadas manualmente sin ser sometidas a proceso industrial alguno, por lo que se mantienen todos los elementos naturales que contiene el agua de mar, mismos que confieren a este producto características organolépticas de calidad que la distinguen de la sal industrializada”, argumenta la dependencia en el proyecto de NOM.

Etiquetas

También aborda el etiquetado, ya que además de cumplir con los requisitos de etiquetado establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, se debe agregar el nombre del producto, indicar el origen geográfico de la sal de mar, siempre que tal indicación no induzca a error o engaño al consumidor.

“El proceso de producción se podrá etiquetar y ostentar como orgánico si cumple con el documento que expide el organismo de certificación acreditado y autorizado por la Sagarpa. La declaración nutrimental en la etiqueta de los productos preenvasados es voluntaria. Sólo es obligatoria cuando se realice la declaración de alguna propiedad nutrimental, habiéndolo hecho voluntariamente o en cumplimiento de otros ordenamientos legales”, se detalla.

Y se les obliga a que tengan una leyenda de: “Manténgase en un lugar seco, fresco y protegido de la luz” y “Por tratarse de un producto artesanal no se encuentra adicionado con yodo ni flúor”.

En cuanto al envase la NOM deben ser con materiales inocuos y resistentes a distintas etapas del proceso, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características fisicoquímicas y sensoriales.

Envoltura resistente

Se deben usar envolturas de material resistente que ofrezcan la protección adecuada a los envases para impedir su deterioro exterior, a la vez que faciliten su manipulación, almacenamiento y distribución.

“La verificación y vigilancia del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana están a cargo de la Sagarpa y de la Profeco conforme a sus respectivas atribuciones, las cuales podrán en cualquier momento realizar visitas de verificación a las instalaciones y establecimientos de los productos sujetos a su campo de aplicación”.

El proyecto de norma está a consulta pública por 60 días.

(Verónica Martínez)