
Con 18 votos a favor de Morena, PT y PVEM; y 13 en contra del PRI y MC, el Congreso del Estado aprobó en sesión extraordinaria la iniciativa para modificar artículos de la Ley de Expropiación y demás Limitaciones al Derecho de Propiedad, dando facultades al Gobierno del Estado para expropiar predios particulares bajo el criterio de ‘utilidad pública’.
Tras un ríspido debate entre legisladores morenistas, petistas, priístas y emecistas, la mayoría avaló la propuesta promovida por la gobernadora Layda Sansores San Román, que reforma los artículos 1, 7, 8, 9, 13, 18, 20, 22, 29, 38, 43, 44 y 50; y adiciona los artículos 1 Bis, 1 Ter y 44 Bis de esta legislación local.

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La norma establece que la titular del Ejecutivo, a través de la Secretaría de Gobierno, emitirá la declaratoria de utilidad pública con base en dictámenes técnicos, notificando a los propietarios afectados, quienes tendrán cinco días para manifestarse.
La autoridad contará con diez días hábiles para confirmar, modificar o revocar la declaratoria, cuya resolución solo podrá ser impugnada mediante juicio de amparo. La expropiación deberá decretarse en un máximo de 30 días hábiles, con ejecución inmediata.
Previo a la declaratoria, la mandataria estatal podrá decretar la ocupación temporal, total o parcial de bienes inmuebles particulares, mediante el pago de la indemnización correspondiente.
Si el propietario rechaza la indemnización, esta quedará en la Secretaría de Administración y Finanzas (SAFIN); si no se reclama en tres años, el recurso pasará a beneficio del Estado.
El avalúo para fijar el monto considerará el valor comercial, la inflación y el valor fiscal catastral, siendo realizado por la SAFIN o por instituciones autorizadas.