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México endurece regulación al transporte y distribución de gas LP: nuevas normas entran en vigor este mes de octubre

El Gobierno de México anunció dos normas emergentes para reforzar la seguridad en el transporte y distribución de gas LP. Incluirán GPS obligatorio, gobernadores de velocidad, pruebas de seguridad y capacitación especializada a operadores.
Las disposiciones entrarán en vigor a partir de su publicación, con periodos diferenciados para su cumplimiento
Las disposiciones entrarán en vigor a partir de su publicación, con periodos diferenciados para su cumplimiento / Cuartoscuro

Durante la conferencia mañanera en Palacio Nacional, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y la Secretaría de Energía (Sener) informaron que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos normas emergentes que fortalecerán la regulación del transporte y distribución de gas licuado de petróleo (LP).

Se trata de la Norma Emergente 006A-2025, enfocada en transporte, y la Norma Emergente 007A-2025, relativa a distribución. Ambas normas complementan la NOM-007 vigente y estarán obligatoriamente en operación en los próximos meses.

Cambios principales en seguridad y supervisión

De acuerdo con la secretaria de Energía, Luz Elena González Escobar, las nuevas normas introducen cambios clave:

  • Programas de mantenimiento obligatorios: las empresas deberán comprobar periódicamente el estado de sus unidades mediante dictámenes técnicos avalados por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).
  • Pruebas de seguridad reforzadas: se exigirán inspecciones internas y externas, además de pruebas de presión hidrostática periódicas para garantizar que los contenedores soporten condiciones de operación.
  • Capacitación certificada de conductores: los operadores tendrán que acreditar formación técnica y práctica en seguridad industrial y transporte de sustancias peligrosas, avalada por el Consejo Nacional de Normalización (CONOCER).
  • Control de velocidad y rastreo satelital: todas las unidades deberán contar con gobernadores de velocidad y GPS, monitoreados en un centro de vigilancia de la Secretaría de Energía.

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Plazos de cumplimiento para las empresas

Las disposiciones entrarán en vigor a partir de su publicación, con periodos diferenciados para su cumplimiento:

  • Transporte de gas LP (Norma 006A-2025): todas las unidades tendrán 4 meses para ajustarse.
  • Distribución de gas LP (Norma 007A-2025): Unidades mayores a cinco mil litros y con más de 10 años de antigüedad: 4 meses. El resto de las unidades: 6 meses.

Supervisión conjunta de autoridades

La Sener adelantó que habrá un programa de inspecciones coordinadas entre la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la ASEA.

Estas inspecciones revisarán:

  • Condiciones físicas y mecánicas de las unidades.
  • Elementos de seguridad de los contenedores.
  • Vigencia de permisos y registros vehiculares.
  • Evidencias del cumplimiento normativo.

“Antes no había inspección, ahora sí habrá”: Sheinbaum

La presidenta Claudia Sheinbaum destacó que, a diferencia del esquema anterior donde se confiaba en reportes de las empresas, ahora todas las unidades estarán sujetas a verificaciones técnicas y monitoreo en tiempo real.

“Se busca garantizar que los vehículos no tengan fugas, circulen a velocidades seguras y estén bajo vigilancia permanente”, afirmó.

Con esta reforma, el gobierno busca fortalecer la seguridad industrial, prevenir accidentes y reducir riesgos ambientales asociados al transporte y distribución de gas LP.

IO