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Quintana Roo

'Tomasito”, extraditado a EU

De la Redacción

Extraditado a Estados Unidos y ubicado por la Interpol, debido a la extensa investigación por tráfico internacional de indocumentados, Tomás V. V. (a) “Tomasito” fue enviado a Miami, Florida desde donde es reclamado por el Departamento de Estado que investiga la estructura criminal que opera y que abarca la ruta Cuba-Isla Mujeres-Estados Unidos.

Tras ser liberado momentáneamente por la Fiscalía General de la República (FGR), “Tomasito” fue reaprehendido con la orden de extradición que se liberó en su contra y entregado a personal del Instituto Nacional de Migración (INM) que viajó desde la Ciudad de México para hacer la detención, pues en Quintana Roo gozaba de abierta protección de la delegación regional de la dependencia y hasta contaba con una residencia permanente.

El pasado martes, el Ministerio Público de la Federación inició la carpeta de investigación número FED/QR/CUN/000547/2019, luego de que elementos de la Policía Estatal Preventiva (PEP) y elementos de la Marina Armada de México pusieran a disposición de la autoridad federal a Tomás V. V. (a) “Tomasito”, de 45 años de edad, originario de Cuba.

La detención se llevó a cabo en las inmediaciones de La Marina “Mar Azul” ubicada en la zona de Puerto Juárez, cuando los elementos policíacos y marinos le encontraron al cubano un arma de fuego corta tipo escuadra, calibre .380 súper; abastecida con nueve cartuchos del mismo calibre y siete cartuchos útiles más calibre 5.7 por 28; sin contar con autorización para portar y poseer esos artefactos bélicos.

Antes de que venciera el término constitucional de 48 horas, los abogados de “Tomasito” presentaron como prueba ante el Ministerio Público de la Federación, videos de las cámaras de seguridad en el restaurante donde se hizo la detención; además de la entrevista del gerente del restaurante “Puerto Clam House Grill”, Joel G. F.

Dicha persona declaró que los policías estatales y marinos ingresaron al lugar, revisando a los clientes, incluido el cubano.

Otro testigo presentado por la defensa fue José Luis H. Z., quien dijo que observó cuando ingresaron al restaurante de la marina los policías estatales y marinos de donde sacaron a “Tomasito”.

Además, Tomás V. V. dijo que los policías entraron directamente por él al restaurante y que no portaba arma alguna, por lo que el arma presentada se la habían “sembrado”.

Fue por ello que, el jueves por la tarde, el Ministerio Público de la Federación decretó la libertad de Tomás V. V. (a) “Tomasito”, sin embargo, una vez en libertad y cuando creyó que podía abandonar las instalaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) personal del Instituto Nacional de Migración (INM) ya lo aguardaba afuera.

Los agentes migratorios detuvieron a “Tomasito” al no acreditar su legal estancia en el país, además de contar con una orden de extradición a los Estados Unidos, al ser requerido por una corte federal en el estado de La Florida, en donde es acusado de tráfico de personas.

Los agentes migratorios eran de la Ciudad de México, pues en Quintana Roo “Tomasito” ha contado con la protección de la delegación regional del Instituto Nacional de Migración durante años y tan es así que a pesar de que era buscado por la justicia estadounidense y de haber estado relacionado en varios hechos ilícitos en Quintana Roo, contaba con una residencia permanente en el país otorgada por el Instituto Nacional de Migración.

En medio de un fuerte dispositivo de seguridad, “Tomasito” fue trasladado el mismo jueves al Aeropuerto Internacional de Cancún, acompañado del personal de Migración que viajó a este destino turístico por él.

Después de la documentación necesaria, el cubano fue abordado en un vuelo comercial, escoltado por agentes migratorios, para ser trasladado a la Ciudad de México, desde donde será extraditado a Estados Unidos; en donde deberá responder por los cargos que le imputa una corte federal del estado de La Florida.

Aun cuando “Tomasito” fue liberado por portación del arma de fuego, el Ministerio Público de la Federación ejerció acción penal en su contra, por el delito de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado por el Artículo 83 fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

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