
El periodo de audiencia de la “Ley de expropiación de Campeche” contempla un lapso de 45 días o más para desahogar el procedimiento, tiempo que podría extenderse si el propietario de un terreno impugna la petición del Estado de designar un espacio bajo la figura jurídica de “causa de utilidad pública”.
El consejero jurídico del Gobierno del Estado de Campeche, Juan Pedro Alcudia Vázquez, explicó que incluso el Estado debe presentar un proyecto de viabilidad del espacio que desea utilizar, ya sea para una universidad, un hospital u otro tipo de obra, que debe cumplir con ciertos requisitos.
Recalcó que previo a declarar una causa de utilidad pública, debe realizarse un análisis técnico, luego por Obras Públicas del Estado un estudio del espacio que cumpla con las condiciones necesarias, como normatividad, movilidad, acceso a infraestructura y otros servicios.
Causa de declaración
Señaló que al cumplirse lo anterior, inicia el término de “Causa de declaración de utilidad pública”, que tiene un primer periodo de 5 días de audiencia para hacer manifestaciones, que posteriormente se extiende a 8 días.
“Después de desahogar las pruebas, la ley otorga otro plazo de 3 días basado en el mismo derecho a audiencia. Concluido este paso, la autoridad tiene hasta 10 días para emitir la declaratoria de utilidad pública, confirmarla, modificarla o revocarla”, explicó.
Añadió que, tras este periodo, los ciudadanos tienen 15 días más para formular un recurso de revocación. Incluso, cuando el espacio termina con una declaración de utilidad pública, el Gobierno tiene 5 años para emplearlo, de lo contrario el término será revocado.