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¿Puede el SAT visitar tu casa? Así funcionan las visitas domiciliarias para revisar tu situación fiscal

El Servicio de Administración Tributaria puede realizar visitas domiciliarias a personas físicas y empresas para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales. Conoce quiénes pueden ser auditados, bajo qué condiciones y qué derechos tienes como contribuyente.
Para que una visita domiciliaria tenga validez, debe cumplir con una serie de requisitos legales
Para que una visita domiciliaria tenga validez, debe cumplir con una serie de requisitos legales / Archivo

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con herramientas legales para verificar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales.

Una de las más relevantes son las visitas domiciliarias, un procedimiento establecido en el artículo 42, fracción III del Código Fiscal de la Federación.

Este mecanismo permite a la autoridad fiscal acudir directamente al domicilio fiscal de una persona física o moral, o a cualquier sitio relacionado con su actividad económica, con el objetivo de revisar documentación contable, declaraciones de impuestos, facturas y demás información relevante.

Las visitas no requieren de un calendario específico y pueden realizarse en cualquier momento del año si el SAT detecta omisiones, inconsistencias o dudas sobre la ubicación del domicilio fiscal.

Aunque el proceso está claramente regulado, diversos factores pueden retrasar la devolución

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Las inspecciones pueden dirigirse a una amplia gama de contribuyentes: desde asalariados con ingresos adicionales, arrendadores, empresarios, profesionistas, hasta pensionados que superen los límites exentos.

Para que una visita domiciliaria tenga validez, debe cumplir con requisitos legales establecidos en el artículo 38 del mismo código.

Esto incluye una orden con fundamentos jurídicos, la identificación de los funcionarios, la presentación de credenciales oficiales y la entrega de documentos debidamente firmados. Si estas condiciones no se cumplen, el contribuyente puede negar el acceso.

Durante la inspección, los contribuyentes tienen derecho a recibir un trato respetuoso, solicitar la identificación del personal, presentar pruebas de su situación fiscal y recibir copia del acta de visita y del oficio de observaciones.

Tras la revisión, el SAT debe emitir un oficio preliminar que puede ser respondido por el contribuyente antes de una resolución final.

Para prepararse ante una posible auditoría, especialistas recomiendan mantener actualizada la contabilidad, conservar comprobantes de ingresos y egresos, verificar que el domicilio fiscal esté registrado correctamente y, en caso necesario, contar con asesoría profesional.

Aunque el SAT ofrece orientación gratuita, muchos optan por servicios privados para asegurar una defensa efectiva ante cualquier acto de fiscalización.

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