México

SCJN avala acta de nacimiento provisional en adopciones: jueces podrán ordenarla como medida cautelar para proteger a menores

La Suprema Corte autorizó que, en juicios ligados a adopciones, se pueda ordenar un acta de nacimiento provisional como medida cautelar. Buscan evitar restricción de derechos y riesgos como trata.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa defendió que el acta de nacimiento no es un trámite menor, sino la base jurídica del derecho a la identidad
La ministra Yasmín Esquivel Mossa defendió que el acta de nacimiento no es un trámite menor, sino la base jurídica del derecho a la identidad / Archivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio luz verde a un criterio que puede cambiar el rumbo de muchos procedimientos de adopción: en juicios de amparo relacionados con estos trámites, los jueces podrán conceder la suspensión para ordenar, como medida cautelar, la expedición de un acta de nacimiento provisional a niñas, niños y adolescentes.

La intención es inmediata: proteger derechos mientras se resuelve el fondo del asunto y reducir riesgos, como la trata de personas, además de evitar que se les cierren puertas a servicios básicos, incluida la educación.

¿Qué resolvió la Corte y por qué es relevante en adopciones?

El nuevo criterio surgió tras una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Tlaxcala y de la Ciudad de México. Con mayoría de siete votos, el Pleno respaldó el proyecto presentado por el ministro Arístides Guerrero García, quien sostuvo que otorgar un acta provisional no define la adopción, sino que funciona como un escudo temporal para garantizar derechos de forma urgente.

La Corte razonó que, en estos casos, la medida cautelar no busca adelantar el resultado del juicio: busca impedir que el menor quede en un limbo legal mientras se desahogan pruebas y resoluciones.

Noticia Destacada

SCJN aclara compra de vehículos blindados: ministros optan por no usarlos y defienden política de austeridad

Por qué un acta provisional puede evitar discriminación y restricciones

Durante la discusión, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra puso el foco en un punto práctico: cuando un menor no tiene acta de nacimiento, puede enfrentar discriminación y restricciones que afectan su vida diaria, desde trámites hasta la posibilidad de inscribirse en la escuela.

En procedimientos de adopción —especialmente cuando se prolongan— el tiempo juega en contra de los derechos del menor.

Identidad, educación y protección: el argumento a favor del documento

La ministra Yasmín Esquivel Mossa defendió que el acta de nacimiento no es un trámite menor, sino la base jurídica del derecho a la identidad y una llave para acceder a salud, seguridad social y educación.

También subrayó que contar con un documento que reconozca su existencia legal ayuda a blindar a las personas menores de edad frente a abusos y delitos, como la trata o el trabajo infantil.

Los votos en contra y el debate sobre la Ley de Amparo

No hubo unanimidad. La ministra Lenia Batres Guadarrama y el ministro Irving Espinosa Betanzo votaron en contra.

Entre sus argumentos, señalaron que una acta provisional sería una medida temporal sin efectos prácticos suficientes, y alertaron sobre posibles choques con el artículo 131 de la Ley de Amparo, que limita suspensiones que puedan constituir derechos que la parte quejosa no tenía antes de demandar.

Con esta decisión, la SCJN coloca el énfasis en un principio: en procedimientos de adopción, la prioridad debe ser evitar que el tiempo burocrático se traduzca en pérdida de derechos para niñas y niños.

Por Esto! en Whatsapp: sigue aquí nuestro canal

IO