Síguenos

Quintana Roo

Reestablecen refugio 40 Cañones

Por Luis Enrique Tuz

CHETUMAL, 31 de mayo.- Se reestableció como Zona de Rrefugio Pesquero Total Temporal en Banco Chinchorro, la denominada 40 Cañones, por cinco años, lo que representa una importante medida de manejo para la conservación y aprovechamiento sustentable, no sólo de numerosas especies comerciales presentes en la zona, sino que los beneficios se extenderían a numerosas especies de importancia ecológica y a los diferentes ecosistemas presentes en el área, según acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Zona de Refugio Pesquero Total Temporal en Banco Chinchorro denominada 40 Cañones, tiene una superficie de 12 mil 257 hectáreas. En la Zona de Refugio Pesquero Total Temporal no podrá llevarse a cabo ninguna actividad de pesca comercial, didáctica, de fomento, deportivo-recreativa o de consumo doméstico sobre ninguna especie de flora y fauna acuática.

Frente a las costas del municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo, se encuentra ubicada la Reserva de la Biósfera Banco Chinchorro, creada por decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1996, la cual incluye un falso atolón conformado por formaciones de arrecife coralino que forman todo su borde, una amplia laguna arrecifal con manchones de arrecife coralino y pastizales marinos, además de tres cayos que son las únicas porciones de tierra emergidas con manglares y vegetación costera, todo rodeado de aguas con características oceánicas, siendo una de las estructuras de arrecife más grandes de su tipo en la cuenca del Caribe y la mayor en México, ya que cuenta con una superficie de 144,360 hectáreas.

La pesca comercial es la actividad económica de mayor relevancia en el área y se ha llevado a cabo por más de cuarenta años, siendo las especies de mayor importancia económica: el caracol rosado (Lobatus gigas) y las langostas espinosa y pinta (Panulirus argus y P. guttatus), además de algunas especies de peces tales como el chankai (Haemulon album), el pargo huach (Lutjanus jocu), la barracuda (Sphyraena barracuda), el pargo lunar (Lutjanus analis), el boquinete (Lachnolaimus maximus), el mero (Epinephelus striatus), el abadejo (Mycteroperca bonaci) y la cabrilla (Cephalopholis spp.); además de que existen especies como el sábalo (Megalops atlanticus), el robalo (Centropomus undecimalis), el macabí (Albula vulpes) y la palometa (Trachinotus falcatus), que son muy cotizados por los pescadores deportivos que se presentan ocasionalmente en la zona.

El 12 de septiembre de 2013, “se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se establece una red de zonas de refugio pesquero en aguas marinas de jurisdicción federal, ubicadas en las áreas de Banco Chinchorro y Punta Herrero, en el Estado de Quintana Roo”, mismo que estableció una red de 5 zonas de refugio pesquero, en las cuales no podrían llevarse a cabo actividades de pesca comercial, de pesca deportivo-recreativa o de consumo doméstico, de ninguna especie de fauna acuática, a petición de las Sociedades Cooperativas de Producción Pesquera José María Azcorra SC de RL (4 zonas en Punta Herrero) y Andrés Quintana Roo SC de RL, Langosteros del Caribe SC de RL, y Pescadores de Banco Chinchorro SC de RL (1 zona en Banco Chinchorro), con una vigencia de 5 años, misma que concluyó el 13 de septiembre de 2018, sin que se pudiera solicitar la renovación de la vigencia por cuestiones administrativas internas de dichas cooperativas.

Los resultados del monitoreo realizado entre 2013-2018, indican que la biomasa de peces de interés comercial de la Zona de Refugio Pesquero 40 Cañones, es mayor en comparación con otros sitios, por lo cual se puede considerar que se están empezando a ver resultados que beneficiarán a las pesquerías locales, ya que se están registrando peces de tallas mayores en comparación con la línea base.

Los efectos positivos de las Zonas de Refugio Pesquero están directamente relacionados con la biología de las especies que en ellas habitan, por lo que se ha considerado un periodo de cinco años, como el tiempo mínimo en el que podrá apreciarse, medirse y evaluarse el efecto de crecimiento de las poblaciones de los diferentes recursos que habitan en la zona establecida en el presente acuerdo, dado el nivel de dispersión esperada de la biomasa de dichas especies hacia otras zonas de reclutamiento y pesca.

Las disposiciones del presente acuerdo se aplicarán a los permisionarios, concesionarios, unidades de producción, capitanes o patrones de pesca, motoristas, operadores, técnicos, tripulantes y demás sujetos que realizan actividades de pesca en aguas de jurisdicción federal en el área de Banco Chinchorro, adyacentes al municipio de Othón P. Blanco, en el estado de Quintana Roo.

Las disposiciones establecidas en el presente acuerdo no aplican para las especies acuáticas que se encuentren bajo un estatus de protección en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, protección ambiental de especies nativas de México, de flora y fauna silvestres en las categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio en la lista de especies en riesgo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2010, cuyas medidas de conservación y aprovechamiento están administradas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Las personas que contravengan el presente acuerdo, se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece el artículo 133 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y demás disposiciones legales aplicables.

La vigilancia del cumplimiento de este acuerdo estará a cargo de la Sader, por conducto de la Conapesca, así como de la Secretaría de Marina, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias.

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Siguiente noticia

Operativo de seguridad por jornada electoral