Quintana Roo / Chetumal

Delimitan cinco zonas para la navegación en la Laguna de Bacalar

Con el fin de proteger la laguna, se han establecido como parte de las Reglas Generales de Navegación.
será obligatorio que todas las embarcaciones que naveguen en la Laguna de Bacalar cuenten con un ejemplar de estas reglas
será obligatorio que todas las embarcaciones que naveguen en la Laguna de Bacalar cuenten con un ejemplar de estas reglas / Especial

Se ha informado oficialmente que serán cinco las zonas delimitadas para la navegación en la Laguna de Bacalar, con el objetivo de regular el tránsito de embarcaciones y proteger este cuerpo de agua, comunicó Román Bustos Gómez, encargado de la Capitanía de Puerto de Chetumal y del municipio.

Esta medida forma parte de las nuevas Reglas Generales de Navegación que empezarán a aplicarse tan pronto sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación. El Capitán Bustos Gómez sostuvo una reunión con prestadores de servicios náuticos y la comunidad marítima para informar sobre esto avances y explicar que el mando se encargará de la navegación, mientras que la protección ambiental queda en manos de otras instancias federales, estatales y municipales.

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Estas reglas buscan establecer disposiciones mínimas de seguridad para la navegación, tanto de embarcaciones de motor como de propulsión humana, e incluyen, tanto para el uso de atracaderos, rampas y botadores. Además, será obligatorio que todas las embarcaciones que naveguen en la Laguna de Bacalar cuenten con un ejemplar de estas reglas. Estas disposiciones fueron diseñadas con base la experiencia y conocimiento de investigadores locales y podrán modificarse se es necesario para responder nuevas necesidades.

Las cinco áreas delimitadas en el cuerpo de son: La zona 1 permite la navegación con precaución, abarcando desde la línea de costa hasta 50 metros hacia el centro. Está destinada a bañistas, maniobras de atraque y zarpe de embarcaciones menores de recreo y deportivas, con una velocidad máxima de 7.4 km/h. La zona 2 permite navegación abaja velocidad, estableciendo un límite máximo de 18.52 km/h para todo tipo de embarcación.

La tercera zona se reservar para actividades recreativas de remolque, como el esquí acuático, con circulación en sentido de las manecillas del reloj y un máximo de 37 km. Similarmente, la cuarta permite la navegación de motos acuáticas bajo las mismas condiciones de circulación y velocidad. Finalmente, la quinta área restringe la navegación en zonas sensibles, como “Los Rápidos” y “El Canal de los Piratas”, donde solo se autorizan embarcaciones a motor y vela; en esta última, la navegación a motor requiere permiso de la Capitanía.

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Además, existen áreas señalizadas con boyas donde no se permite el acceso a ningún tipo de barco ni bañistas, zonas consideradas sensibles para la protección ambiental. La Capitanía de Puerto colabora con organizaciones civiles para la colocación de estos flotadores y está dispuesta a apoyar dichas acciones.

El Capitán Bustos Gómez destaco que Capitanía de Puerto se sumará desde su ámbito de competencia a las disposiciones o recomendaciones que emitan las autoridades ambientales, colaborando con el cuidado del medio ambiente, aunque las medidas específicas de protección ambiental en la laguna involucran acciones integrales como el control de escurrimientos, uso de agroquímicos, reforestación, manejo de drenajes y plantas de tratamiento de aguas.