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Yucatán / Sucesos

Liberan a presunto feminicida en potencia

Luego de varias horas de debates entre las partes, el Juez Primero de Control, Licenciado Antonio Bonilla Castañeda, dictó auto de no vinculación a proceso en favor del ciudadano Hugo Cardoso Villaseñor y ordenó que queden sin efecto las medidas cautelares impuestas en su persona.

El pasado 21 de noviembre, la Fiscalía General del Estado le formuló cargos por el delito de violencia familiar a Cardoso Villaseñor en el Juzgado Primero de Control, y anoche, luego de varias horas de debates entre la defensa del imputado encabezada por el Licenciado David Araba Dorantes, la fiscal adscrita y el asesor jurídico de la víctima, Efraín Burgos Encalada, se dictó un auto de no vinculación a proceso.

Al igual que la semana pasada, varias activistas acudieron a apoyar a la denunciante Greta Mariana Martínez Corona.

La Fiscalía adscrita formuló cargos por violencia familiar, sin embargo, el asesor jurídico pretendía que el delito fuera reclasificado por intento de feminicidio, en virtud de que el ahora imputado, según argumentaba, intentó privar de la vida a su ex pareja sentimental el día 27 de septiembre del 2018, tal como ella lo expuso en su denuncia y que quedó asentado en la carpeta de investigación 1575/2018.

En ella relata que su ex pareja, cuchillo en mano, se lo colocó en su cuello y le dijo que primero mataba a su hijo para que ella lo viera y luego la mataba a ella, que le decía que la única que no existía era la mujer y que nadie se daría cuenta, amenazando con desfigurarla y hacerla posar dentro de una caja de madera.

Que era objeto de vejaciones por parte de su ex pareja, quien llegó a golpearla y sacarla a dormir a la calle, que también la golpeó y amarró del cuello con una cuerda y que a pesar de haber de por medio una orden de protección, el ahora imputado rondaba su domicilio y se exhiben fotografías a las puertas del inmueble golpeando y pateando la misma.

Sin embargo, durante la fase probatoria dentro del plazo constitucional para resolverse sobre la situación jurídica, el defensor del acusado acreditó que la declaración del menor estuvo mal realizada, no se aplicó debidamente el protocolo, respecto de las imágenes y videos que ofreció la parte acusadora, la Fiscalía hizo un duplicado de los mismos y excluyeron las pruebas porque no son confiables que sean los mismos del indicio original.

El certificado médico de lesiones tiene fecha de 4 de octubre del 2018 a las 16:09 horas, pero ese día y a esa hora, la víctima estaba rindiendo su declaración, por lo que también fue excluido como prueba, ello generó que como consecuencia el dictamen psicológico que tomó la perito, los datos de la carpeta y al haberse excluido evidentemente, también deviene ilegal y pues al no haber datos de prueba se dictó el auto de no vinculación.

(Armando Gamboa Romero)

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