Campeche

Terreno baldío en Campeche genera fauna nociva y riesgos de inseguridad

Vecinos de la colonia Huanal denunciaron el abandono de un predio por más de 10 años, lo que ha generado fauna nociva y riesgos de inseguridad. Exigen al Ayuntamiento de Campeche realizar la limpieza y aplicar sanciones al propietario.

Multas de hasta 50 mil pesos por abandono de predios en Campeche
Multas de hasta 50 mil pesos por abandono de predios en Campeche / Alex Pech

Ante el abandono en que se encuentra un predio de la colonia Huanal, los vecinos del lugar, como María López, exigen que se realice la limpieza por el Ayuntamiento de Campeche mientras el propietario aparece y se hace responsable del mismo, por las condiciones de inseguridad que provoca. La señora, vecina de la calle 105-D, estimó que son más de 10 años que se encuentra en el abandono este predio y a la fecha nadie acude a limpiarlo, lo que genera la proliferación de fauna nociva.

Recordó que al dejar de funcionar como estacionamiento de los camiones de la cooperativa “Castamay” provoca el crecimiento de la maleza, por lo que ya observaron iguanas y hasta culebras que salen del terreno, incluso una iguana ingresó a su vivienda por dejar la ventana abierta. Igual reveló que le hicieron la petición a la diputada Hipsi Estrella Guillermo; sin embargo, pese al ofrecimiento de que haría la gestión para que se realice la limpieza, hasta la fecha sigue en las mismas condiciones de insalubridad y de riesgo para los vecinos que viven en estas calles.

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De acuerdo con los reglamentos municipales se contemplan sanciones por el abandono de los predios, por lo que se puede emitir un exhorto o llegar hasta la aplicación de multas. Y en casos extremos a la enajenación del baldío. Las multas se estiman de 20 mil a 50 mil pesos de acuerdo a las condiciones de los terrenos, con base en el Reglamento para la Limpieza y Conservación de Predios.

En el Reglamento Orgánico de las Unidades Operativas y Administrativas del Ayuntamiento de Campeche, el artículo 26 establece el cobro coactivo de las multas impuestas por la Dirección de Catastro, derivadas de los procedimientos administrativos substanciados por esta, en contra de los propietarios de lotes baldíos y casas abandonadas.

También incluye los derechos por limpieza de predios baldíos y casas abandonadas, efectuada por la Dirección de Servicios Públicos, de acuerdo con el procedimiento llevado a cabo por la Dirección de Catastro; contribuciones que podrán ser cargadas a la cuenta predial correspondiente. El artículo 32 detalla los procedimientos administrativos contra los propietarios de baldíos y casas abandonadas, así como las sanciones correspondientes y las medidas necesarias para el bienestar de la población.

Asimismo, en coordinación con la Dirección de Servicios Públicos, mantenerlos limpios, cercados y determinar el monto que deberán pagar los propietarios y poseedores de los predios por la limpieza y cercado de los mismos.