Yucatán

Tribunal Electoral desestima acusaciones contra el Alcalde de Santa Elena por violencia política

El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán declaró que no hay pruebas suficientes contra Galdino Poot Moreno, alcalde de Santa Elena.
Galdino Poot, alcalde de Santa Elena, fue acusado por regidoras de violencia política de género
Galdino Poot, alcalde de Santa Elena, fue acusado por regidoras de violencia política de género / Por Esto!

El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) resolvió por unanimidad desestimar el juicio ciudadano identificado con la clave JDC-048/2025, contra el alcalde de Santa Elena, Galdino Poot Moreno.

El recurso fue promovido por regidoras del citado Ayuntamiento, quienes denunciaron presuntas violaciones a su derecho político-electoral de ser votadas, particularmente en el acceso y ejercicio del cargo, así como posibles actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.

En sesión pública celebrada ayer, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) resolvió por unanimidad el juicio a cargo del magistrado Arturo Sandoval Torres.

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Las actoras acusaron al Presidente Municipal de negarles información y documentos esenciales para el desempeño de sus funciones, como las cuentas públicas de varios meses y el listado completo del personal, incluidos salarios y categorías. También señalaron que se les impidió participar en una supuesta sesión de Cabildo al no permitirles firmar el acta correspondiente.

En su análisis, el Tribunal revisó las pruebas y determinó que la autoridad municipal sí respondió a las solicitudes de información mediante oficios fechados el 13 de junio y el 3 de julio de 2025, lo que llevó a declarar sobreseído el agravio relativo a la supuesta omisión de respuesta.

En cuanto al reclamo de obstaculización en el ejercicio del cargo, el órgano jurisdiccional concluyó que la sesión de Cabildo a la que hicieron referencia las promoventes no se llevó a cabo, por lo que este punto fue considerado infundado.

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Respecto a la acusación de violencia política en razón de género, el pleno señaló que no existían elementos probatorios que acreditaran los hechos denunciados, por lo que el agravio fue declarado inexistente.

Si bien el TEEY no encontró pruebas suficientes para respaldar las denuncias, exhortó al Presidente Municipal de Santa Elena a cumplir con sus obligaciones legales en tiempo y forma, advirtiendo que la entrega de información solicitada por las regidoras no debe depender de la interposición de recursos jurídicos, sino ser parte de la transparencia y el respeto a la labor de los integrantes del Cabildo.