Campeche

Congreso de Campeche aprueba hasta 11 años de cárcel a quien robe colmenas o envenene abejas

El Congreso de Campeche aprobó reformas al Código Penal que establecen hasta 11 años de prisión y multas de hasta mil UMA por robar o destruir colmenas y abejas.

El Congreso de Campeche aprobó reformas para endurecer las penas por delitos contra la actividad apícola.
El Congreso de Campeche aprobó reformas para endurecer las penas por delitos contra la actividad apícola.

Quienes roben o destruyan colonias de abejas, colmenas, panales, miel y demás productos apícolas en Campeche podrían enfrentar penas de hasta 11 años de prisión y multas de hasta mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), tras aprobarse, con el voto unánime de las y los diputados de Morena, PRI, MC, PAN, PT y PVEM, el dictamen de la Comisión de Procuración e Impartición de Justicia del Congreso del Estado, que reforma diversas disposiciones del Código Penal para fortalecer la protección del sector apícola y meliponícola.

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La propuesta, impulsada por el grupo parlamentario de Morena y la representación legislativa del Partido Verde Ecologista de México, modifica los artículos 196, 197, 198, 199, 200 y 201 del Código Penal local, con el propósito de incorporar expresamente a las colonias de abejas dentro de las figuras del delito de abigeato y sancionar con mayor severidad a quienes afecten esta actividad productiva.

El dictamen establece que se impondrá prisión de tres a cinco años y multas de 300 a 400 UMA cuando el delito se cometa sobre una cabeza de ganado o una colonia de abejas; de cinco a ocho años de cárcel y multas de 400 a 500 UMA cuando se trate de hasta tres cabezas de ganado o igual número de colonias; y de ocho a once años de prisión, además de multas de 500 a mil UMA, cuando el ilícito recaiga sobre más de tres cabezas de ganado o colonias de abejas.

Asimismo, las mismas sanciones se aplicarán a quien destruya colonias o colmenas de abejas, panales, abejas, miel y productos apícolas. En caso de que esos daños sean ocasionados por el uso de plaguicidas o herbicidas y el perjuicio económico al productor supere las 500 UMA, la pena podrá incrementarse hasta en una mitad.

Las reformas también actualizan el resto del capítulo relativo al abigeato. El artículo 198 sanciona a quien sacrifique ganado o destruya colonias y colmenas sin autorización de su propietario; el 199 castiga a quien adquiera, reciba o comercialice animales, colonias de abejas o productos provenientes de estos delitos; el 200 penaliza a quien transporte, posea o comercialice pieles, carnes, colmenas, panales o productos apícolas de procedencia ilícita, mientras que el 201 mantiene penas de dos a cuatro años de prisión y multas de 100 a 300 UMA para quien altere o elimine las marcas o medios de identificación del ganado, colonias o productos apícolas.

En la misma sesión, el Pleno aprobó, con una abstención, un dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, relativo a una propuesta presentada por el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano para exhortar a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), así como a las secretarías estatales de Desarrollo Urbano, Movilidad y Obras Públicas (Sedumop) y de Protección Civil (Seproci), a intervenir de manera urgente ante el deterioro de la Carretera Federal 180, en el tramo Sabancuy-Isla Aguada.

El documento advierte que la erosión costera ha provocado daños estructurales en la vía, con pérdida del acotamiento, grietas y desprendimiento del pavimento, por lo que solicita mantener acciones inmediatas de estabilización y desarrollar un proyecto integral que garantice una solución definitiva para este importante corredor carretero del Estado.

JGH