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Opinión

Acechar también es violencia. La Ley Valeria

En el marco del Día Internacional de la Mujer, la llamada Ley Valeria puede entender se como un paso más en la cons trucción de herramientas jurídicas para prevenir y erradicar la vio lencia contra las mujeres.

Acechar también es violencia. La Ley Valeria
Acechar también es violencia. La Ley Valeria

Valeria, estimado lector, es una joven maestra re sidente de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, que durante años sufrió hostigamiento por parte de uno de sus alumnos, quien la seguía de manera constante, acudía a su domicilio y a su centro de trabajo; lugares en los cuales el hostigador se hacía visible para generarle angustia y zozobra, e incluso ese hostigamiento se hacía a tra vés de correos electrónicos y lla madas telefónicas.

En diversas ocasiones, Valeria acudió ante el Ministerio Público a tratar de levantar una denuncia en contra de su acosador, pero resulta que la autoridad no podía proceder, ya que no había delito que perseguir, pues no se le había generado daño alguno.

¿Habría que esperar a que Valeria fuera agredida físicamente para que entonces la justicia pu diera tomar cartas en el asunto? Cada 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, la conversación pública vuelve a recordarnos que muchas formas de violencia que hoy identifi camos con cla ridad, durante años no tuvieron nombre en la ley.

El acecho es una de ellas. Hoy se habla mucho de la Ley Valeria, ya que se trata de una iniciativa que propone incorporar al Código Penal Federal el delito de acecho, con el objetivo de sancionar conductas que, sin llegar a una agresión física, generan miedo, in timidación o una afectación real en la vida cotidiana de las personas.

La idea es sencilla pero pode rosa: reconocer que la violencia muchas veces no comienza con un golpe, sino con un patrón de conductas persistentes. Seguir a una persona, vigilarla, presentarse reiteradamente en los lugares que frecuenta o intentar contactarla de manera insistente, son ejemplos claros.

La propuesta legislativa también reconoce que estas conductas pueden realizarse tanto de forma presencial como a través de medios digitales, me diante redes sociales, mensajería electrónica u otras plataformas tecnológicas. En un mundo cada vez más conectado, el acecho también puede ocurrir detrás de una pan talla.

Ojo, no es solo una mirada, un seguimiento, una llamada, sino que la iniciativa pretende sancionar en el ámbito federal, un comportamiento reiterado que invade la vida de otra persona y altera su tranquilidad, muchas veces antesala de formas de vio lencia más graves.

Pero en Yucatán ya está vigen te la Ley Valeria, pues el 24 de diciembre pasado, se adicionó el artículo 240-bis del Código Penal del Estado, que dispone que comete el delito de acecho la per sona que siga, vigile o se comuni que persistente y reiteradamente con otra persona, sin su consentimiento, generándole un estado de temor o angustia, de tal forma que ocasione una alteración a su estilo de vida o que debido a ello, se limite su libertad de actuar o toma de decisiones, y la pena será de seis meses a dos años de prisión.

Y aunque no establece la posi bilidad de que esas conductas se lleven a cabo a través de medios digitales, recordemos que también el 24 de diciembre deL 2025 se re formó el artículo 243 bis-12, para establecer como delito el cibera coso, que sanciona a quien intimide y asedie a cualquier persona mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones gráfi cas, de manera reiterada, a través de redes sociales, mensajería instantánea o correo electrónico, que produzca ese estado de inquietud o inseguridad.

Bien por nuestros legisladores yucatecos. Un punto relevante es que tra tándose de ese delito, tanto en el ámbito federal, como en el local, no se limita a un género específico. Es decir, jurídicamente, la conducta podría cometerse tanto en contra de mujeres como de hombres, lo que podría causar un poco de extrañeza, tomando en consideración las circunstan cias que motivaron establecer al acecho como delito y el nombre de la ley con el cual se le conoce: Ley Valeria.

Sin embargo, el contexto social que impulsa esta reforma es innegable: la mayoría de las vícti mas de este tipo de conductas son mujeres, y el reconocimiento del acecho como delito, busca pre cisamente evitar que estas situa ciones escalen hacia formas más graves de violencia.

Por ello, en el marco del Día Internacional de la Mujer, la llamada Ley Valeria puede entender se como un paso más en la cons trucción de herramientas jurídicas para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, incluso antes de que ésta alcance niveles irreversibles.

Nombrar una conducta en la ley no elimina por sí mismo el problema. Pero sí envía un men saje claro: hay formas de violen cia que durante mucho tiempo fueron minimizadas y que hoy la sociedad exige detener a tiempo.

Porque a veces, la función más importante del derecho penal no es castigar cuando el daño ya está hecho, sino intervenir antes de que la violencia se consume.