
A pesar de que la mayoría de las empresas en Yucatán cumplieron con el reparto de utilidades correspondiente a este año, al menos 27 casos están bajo la lupa de las autoridades laborales por presuntas omisiones en esta obligación legal, según confirmó Luis Borjas Romero, titular de la Subsecretaría del Trabajo del Gobierno del Estado.
Hasta el momento, la dependencia ha recibido 12 denuncias formales de trabajadores que aseguran no haber recibido esta prestación, a pesar de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo. A esas quejas podrían sumarse otras 15 canalizadas por la representación federal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), lo que elevaría el total de denuncias en revisión a 27 en todo el estado.
El reparto de utilidades, también conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho constitucional que garantiza a los empleados una parte proporcional de las ganancias obtenidas por su empleador durante el año fiscal. Esta obligación está regulada por los artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo, y su cumplimiento no es negociable ni renunciable.

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El cálculo del reparto se realiza en dos partes: una basada en los días laborados por cada persona y otra en función del salario anual percibido. Una vez que el patrón presenta su declaración fiscal —el 30 de marzo en el caso de personas morales y durante abril para personas físicas—, debe conformarse una comisión mixta integrada por representantes de los trabajadores y de la empresa, encargada de definir el reparto individual.
Este derecho abarca no sólo a trabajadores en activo, sino también a extrabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año, así como a personas que estuvieron de incapacidad temporal, mujeres en periodo de maternidad y hombres que hayan tomado licencia de paternidad. La fecha límite para recibir el pago de esta prestación fue el pasado 30 de mayo de 2025.
En entrevista con POR ESTO!, Borjas Romero destacó que el número de quejas representa un porcentaje mínimo si se compara con las más de 144 mil unidades económicas registradas en el estado. No obstante, subrayó que cada denuncia será atendida con seriedad, y que los operativos de revisión inician en un plazo máximo de 60 días después de recibir cada caso.
“Una vez que llega la queja, verificamos si corresponde al ámbito estatal o federal. Si es de nuestra competencia, se da seguimiento puntual; si no, se canaliza de inmediato”, indicó el funcionario, al explicar el mecanismo de atención que se aplica en coordinación con la STPS federal.

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Las consecuencias para las empresas que no cumplan con esta obligación son claras: pueden recibir sanciones económicas, tal como lo establece el artículo 121, fracción IV de la Ley Federal del Trabajo, que obliga al patrón a acatar las resoluciones del SAT en un plazo de 30 días hábiles, incluso si decide impugnarlas. Sólo en caso de que exista una suspensión otorgada por un Tribunal Laboral podría aplazarse el reparto.
Cultura laboral
Borjas Romero reiteró el llamado a las personas trabajadoras que consideren que sus derechos han sido vulnerados a que acudan a las instancias laborales, ya sea la Subsecretaría del Trabajo estatal o la representación federal, según corresponda. “Tenemos la responsabilidad de vigilar que los derechos laborales se respeten, y para eso están estas instituciones”, recalcó.
Finalmente, reconoció que la mayoría del empresariado yucateco ha cumplido con la entrega de utilidades en tiempo y forma, lo que contribuye a fortalecer una cultura laboral respetuosa de los derechos humanos. Sin embargo, cada caso omitido cuenta y debe investigarse hasta sus últimas consecuencias.