
En caso de extravío de su credencial de tarifa social del Va y Ven, estudiantes pueden solicitar una reposición, la cual requiere un procedimiento específico para solicitar una nueva.
La Agencia de Transporte de Yucatán detalla que si la tarjeta está vinculada a la cuenta en la App Va y Ven, se puede seguir el proceso correspondiente para la reposición.
Por ello, se puede reportar el extravío en las oficinas de Va y Ven o a través de los canales oficiales de atención, como Atención Ciudadana al 072 o el ChatBus al 999 278 53 68.
Con este reporte se bloqueará la tarjeta, evitando que si alguna persona la encontró pueda usarla, y se procederá a la recuperación del saldo.
Posteriormente, reúne la documentación necesaria: identificación oficial, que puede ser la credencial de elector (INE) o CURP si es menor de edad. También debes presentar una constancia de estudios que acredite tu inscripción en el ciclo escolar vigente y un comprobante de domicilio reciente.
Para proceder con el trámite, se deberá de acudir a la oficina de Va y Ven con el comprobante y la documentación requerida. La oficina se encuentra en la calle 39 entre 66 y 72, Avenida Reforma, colonia Centro, Mérida, Yucatán.
Después, realiza el pago correspondiente por la reemisión de la tarjeta, que tiene un costo de $65.00 pesos para poder recibirla.
Vigencia de la tarjeta estudiante Va y Ven
La credencial de estudiante del Va y Ven tiene vigencia, por lo que una vez cumplida, se deberá de solicitar una reactivación, dependiendo del grado del alumno:
Primaria
- 1° a 4° año: vigencia de 2 años desde el trámite.
- 5° año: hasta el 30 de septiembre del ciclo escolar siguiente a terminar primaria.
- 6° año: hasta el 30 de septiembre del ciclo escolar siguiente.
Secundaria
- 1° año: vigencia de 2 años desde el trámite.
- 2° año: hasta el 30 de septiembre posterior a concluir secundaria.
- 3° año: hasta el 30 de septiembre del ciclo escolar siguiente.
Media superior, superior y posgrado
- Trámite del 16 de agosto al 31 de diciembre: vigencia hasta el 31 de enero del año siguiente.
- Trámite del 1 de enero al 15 de agosto: vigencia hasta el 30 de septiembre.