
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este sábado el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que prohíbe la elaboración y difusión de "acordeones" durante la elección judicial del 1 de junio.
La medida, aprobada por el INE el 29 de mayo, busca evitar la inducción del voto en favor de ciertos candidatos a través de materiales informativos.
La Sala Superior del TEPJF validó por unanimidad el proyecto de sentencia presentado por el magistrado Felipe Fuentes, y desestimó las quejas de al menos cinco personas que impugnaron la decisión.
Los inconformes alegaban que esta prohibición les impedía utilizar instrumentos de apoyo personal, como guías o notas, para votar.

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Sin embargo, el magistrado Fuentes aclaró que la medida solo prohíbe la elaboración y difusión pública de los “acordeones” con fines de influencia electoral, pero no restringe el derecho de los ciudadanos a llevar sus propias guías para el voto.
La sentencia subrayó que el INE no violó derechos fundamentales, ya que no prohibió a los votantes llevar notas o material de apoyo personal al momento de emitir su voto, sino que solo restringió la distribución de estos materiales para influir en otros votantes.
Además, se estableció que estos instrumentos no pueden ser exhibidos durante la veda electoral ni en el día de la jornada electoral.
Con esta resolución, el TEPJF refuerza el marco legal para garantizar una votación libre de influencias externas en las elecciones judiciales de México.
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