México

SCJN avala reforma educativa de AMLO: valida plazas automáticas para egresados de normales y UPN

La Suprema Corte validó la reforma educativa de 2019 impulsada por López Obrador que permite plazas automáticas a egresados de normales y la UPN, al considerar que no viola la Constitución.

Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) / Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló una de las reformas educativas más relevantes impulsadas durante el sexenio del expresidente Andrés Manuel López Obrador, al declarar constitucional el esquema que permite el acceso a plazas docentes sin examen de oposición para egresados de escuelas normales, Centros de Actualización del Magisterio y de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN).

La decisión se tomó al resolver la acción de inconstitucionalidad 122/2019, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que impugnó diversos artículos de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, aprobada en 2019 como parte de la nueva política educativa federal.

Corte avala facultades de la SEP en ingreso y promoción docente

Por ocho votos a favor, y con la ausencia del ministro Arístides Guerrero, el Pleno de la Corte respaldó el proyecto presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, en el que se concluyó que la llamada promoción horizontal del personal docente no vulnera derechos constitucionales.

Las ministras y ministros determinaron que la ley no incurre en una violación al principio de reserva de ley, pese a que otorga a la Secretaría de Educación Pública (SEP) la facultad de definir las reglas de admisión, promoción y reconocimiento del magisterio, sin un control legislativo directo.

De acuerdo con el fallo, la norma establece criterios generales suficientes que deben ser observados por la autoridad administrativa, por lo que no existe una deficiencia legislativa, como argumentó la CNDH.

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Preferencia a normales no implica exclusión, señala la SCJN

Otro de los puntos centrales del análisis fue el trato preferencial que la ley otorga a egresados de escuelas normales, la UPN y los Centros de Actualización del Magisterio. La Corte rechazó que esta disposición implique discriminación o exclusión hacia otros perfiles profesionales.

“Preferencia no quiere decir exclusividad”, sostuvo el ministro presidente Hugo Ortiz, al subrayar que el esquema busca fortalecer la formación docente especializada.

En la misma línea, la ministra Yasmín Esquivel afirmó que la reforma representa un “mínimo respeto” a quienes se forman específicamente para la docencia, además de incentivar la elección profesional y garantizar personal calificado en el sistema educativo.

Corte invalida reforma en Sonora sobre marchas

En la misma sesión, la SCJN también resolvió otro asunto relevante al invalidar una reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Sonora, que obligaba a notificar con 15 días de anticipación la realización de marchas o manifestaciones.

El Pleno consideró que dicha disposición vulneraba el derecho a la libre manifestación, al imponer una carga desproporcionada a la ciudadanía.

Con estas resoluciones, la Corte fijó criterios clave tanto en materia educativa como en derechos fundamentales.

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