En la Ciudad de México, transportar menores de edad en motocicleta está prohibido bajo diversas condiciones establecidas en el Reglamento de Tránsito vigente en 2026.
Esta práctica, común en distintas zonas de la capital, puede derivar en sanciones económicas, administrativas e incluso en la remisión del vehículo al corralón.
De acuerdo con el Artículo 38, los conductores deben cumplir criterios específicos para llevar pasajeros en motocicleta, especialmente cuando se trata de menores. La norma busca reducir riesgos, ya que los niños suelen viajar sin el equipo de protección adecuado o en posiciones inseguras.
¿Cuánto es la multa por llevar menores en moto?
Las sanciones por incumplir esta disposición van de 10 a 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que en 2026 se traduce en multas que oscilan entre:
- Mínima: $1,173.10 pesos
- Media: $1,759.65 pesos
- Máxima: $2,346.20 pesos
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Además del pago económico, la infracción implica la reducción de tres puntos en la licencia de conducir y, en varios casos, el envío de la motocicleta al corralón, especialmente cuando el menor no puede sostenerse adecuadamente.
Casos en los que la sanción es inmediata
Las autoridades de tránsito consideran como faltas graves transportar a menores de 12 años en motocicleta o llevar a cualquier menor que no pueda sujetarse por sí mismo o colocar los pies en los estribos.
También está prohibido que los pasajeros —sin importar su edad— viajen entre el conductor y el manubrio, una práctica frecuente que incrementa el riesgo de accidentes.
Menores no pueden conducir motocicletas
El reglamento es claro al establecer que los menores de edad no pueden conducir motocicletas, incluso si cuentan con algún tipo de permiso para vehículos particulares. En caso de ser detectados, la sanción incluye la remisión inmediata del vehículo.
Las autoridades capitalinas han reiterado el llamado a respetar estas disposiciones, con el objetivo de prevenir accidentes y garantizar la seguridad vial, especialmente de los sectores más vulnerables.
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