La Cámara de Diputados declaró constitucional la reforma que reducirá de manera progresiva la jornada laboral en México de 48 a 40 horas semanales, luego de que 22 congresos estatales aprobaran la modificación al artículo 123 de la Constitución.
La enmienda, que fue aprobada previamente por el Congreso de la Unión, fue enviada a las legislaturas locales para su ratificación conforme al procedimiento establecido en el artículo 135 constitucional. Con la mayoría requerida alcanzada, la Mesa Directiva de San Lázaro realizó la declaratoria oficial.
¿Cómo será la reducción de la jornada laboral?
La reforma establece que la disminución será gradual a partir de 2027. Cada año se reducirán dos horas a la jornada semanal hasta llegar a las 40 horas en 2030.
Actualmente, la jornada máxima en México es de 48 horas semanales. Con este cambio constitucional, el ajuste será progresivo con el objetivo de dar tiempo a empresas y sectores productivos para adaptarse al nuevo esquema.
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Publicarán en el DOF reforma para reducir jornada laboral a 40 horas semanales con dos días de descanso
El decreto también modifica disposiciones relacionadas con el pago de horas extras. Se amplía de nueve a 12 el número de horas extraordinarias semanales que deberán pagarse al doble.
En caso de exceder ese límite, el empleador deberá cubrir un pago equivalente al 200 por ciento adicional sobre el salario ordinario.
Nuevas disposiciones y debate legislativo
La reforma mantiene un día obligatorio de descanso por cada seis días trabajados y prohíbe que menores de 18 años realicen horas extra.
El proyecto fue respaldado por congresos estatales como los de Baja California, Chiapas, Puebla, Veracruz, Yucatán y la Ciudad de México, entre otros.
Aunque la medida fue celebrada por diversos sectores laborales, también generó críticas por su implementación gradual y por no incluir de manera explícita dos días de descanso obligatorios.
Tras la declaratoria constitucional, el decreto fue remitido al Senado para los efectos correspondientes y su publicación oficial.
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