México

Diputados avanzan contra la suplantación de identidad digital: proponen hasta 8 años de cárcel

La Comisión de Justicia aprobó tipificar la suplantación de identidad digital como delito, con penas de cuatro a ocho años de prisión y multas de hasta cinco mil UMA.

La aprobación ocurrió en comisiones, por lo que la reforma todavía deberá continuar con el proceso legislativo antes de convertirse en ley
La aprobación ocurrió en comisiones, por lo que la reforma todavía deberá continuar con el proceso legislativo antes de convertirse en ley / Especial

La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó una reforma para incorporar al Código Penal Federal el delito de suplantación de identidad, incluida aquella que se realiza mediante herramientas digitales, datos biométricos e inteligencia artificial.

El dictamen recibió 24 votos a favor, ninguno en contra y cuatro abstenciones. La propuesta modifica el Título Decimotercero del Código Penal Federal para añadir el Capítulo VI Bis, integrado por los artículos 249 Bis 1, 249 Bis 2, 249 Bis 3 y 249 Bis 4.

La aprobación ocurrió en comisiones, por lo que la reforma todavía deberá continuar con el proceso legislativo antes de convertirse en ley.

¿Qué se considerará suplantación de identidad digital?

La propuesta establece que una persona cometerá este delito cuando utilice, posea, transfiera o se apropie, sin consentimiento, de datos personales, documentos, medios de autenticación, elementos biométricos o identificadores digitales de otra persona.

Para que se configure la conducta deberá existir la intención de obtener un beneficio indebido, favorecer a un tercero o causar un perjuicio a la víctima.

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Entre los medios protegidos se incluyen contraseñas, códigos de verificación, firmas electrónicas, certificados digitales, perfiles en internet, cuentas electrónicas, datos biométricos y cualquier recurso que permita confirmar o aparentar la identidad de una persona.

¿Cómo se castigará la suplantación de identidad?

El dictamen plantea una pena de cuatro a ocho años de prisión y una multa de mil a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

También se castigará a quienes utilicen datos de acceso público con fines de suplantación, permitan que otra persona use su identidad para cometer actos ilícitos o aprovechen similitudes físicas, de voz o de nombre para engañar a terceros.

En casos relacionados con el sistema financiero se aplicarán las disposiciones previstas en la Ley de Instituciones de Crédito y otras normas especializadas.

Inteligencia artificial y contenidos falsos también serán sancionados

La reforma contempla expresamente el uso de programas, aplicaciones o sistemas de inteligencia artificial para crear, alterar o difundir imágenes, videos y audios que suplanten a una persona física o moral.

Esto incluye contenidos manipulados que se presenten como auténticos con fines ilícitos, como fraudes, extorsiones, afectaciones a la reputación o engaños patrimoniales.

Las penas podrán aumentar hasta en una mitad cuando el responsable sea servidor público, tenga conocimientos especializados en informática, mantenga una relación de confianza con la víctima o actúe de forma reiterada.

El aumento también aplicará cuando las víctimas sean mujeres, menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad o integrantes de grupos en situación de vulnerabilidad. Además de las sanciones penales, la autoridad podrá ordenar la reparación del daño.

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