La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de una ciudadana quintanarroense tras haber interpuesto un amparo contra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de la entidad, luego que tras el fallecimiento de su madre se le entregara un cadáver que no correspondía al de la fallecida, hecho que ocurrió en la clínica de Chetumal, por lo que ahora el Instituto tendrá que indemnizarla. Dicha resolución sentaría un precedente para que personas en la misma situación puedan proceder legalmente.
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El hecho ocurrió durante en el mes de septiembre del 2020 en la ciudad de Chetumal cuando el personal médico de la clínica del IMSS entregó el cuerpo de la madre de la afectada a una familia distinta, de modo que esta acción generó un daño moral en la demandante, toda vez que no pudo darle la sepultura deseada a su progenitora de acuerdo con sus creencias religiosas. Asimismo, se trató de la vulneración de derechos fundamentales.
Tras lo sucedido, en abril de 2021 la parte afectada acudió a la Coordinación de Asuntos Contenciosos de la Dirección Jurídica del IMSS como primera instancia para denunciar lo sucedido, sin embargo, no obtuvo respuesta, por lo que posteriormente acudió a una sala regional y un tribunal colegiado donde no quisieron aceptar su amparo, de modo que su representación legal llevó el asunto hasta la SCJN para que fuera tratado a nivel federal, ante la cual se logró interponer el amparo.
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Finalmente, después de los años transcurridos desde el hecho, a escasos días de que termine el 2025 la Suprema Corte falló a favor de la afectada, luego de que el IMSS reconociera el error cometido, por lo que ahora tendrá que cuantificar el monto de la indemnización bajo el principio de responsabilidad patrimonial del Estado, la cual tiene como fin hacer que las instituciones públicas reparen los daños por omisiones o actos indebidos cometidos por los funcionarios.
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Cabe mencionar que en este caso la SCJN no tuvo que solicitarle pruebas a la parte demandante debido a que el IMSS aceptó que el personal médico incurrió en dicha falta. Además, se considera como un fallo histórico que sienta un precedente para que otros ciudadanos que pasen o hayan pasado por situaciones similares puedan proceder y hacer valer sus derechos toda vez que exista un perjuicio emocional o espiritual.