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México / Elecciones 2024

Elecciones 2024: En México, del 6 al 20 de mayo reos en prisión preventiva emitirán su voto

El INE aclaró que las personas recluidas en algún centro penitenciario del territorio nacional podrán votar, pero únicamente si no han recibido sentencia condenatoria

El INE informó que del 6 al 20 de mayo de 2024, podrán votar las personas en prisión preventiva
El INE informó que del 6 al 20 de mayo de 2024, podrán votar las personas en prisión preventiva / Especial

Este martes el Instituto Nacional Electoral (INE) informó que llevará a cabo la votación anticipada de las personas en prisión preventiva -sin sentencia condenatoria-, correspondiente al Proceso Electoral 2023-2024, del 6 al 20 de mayo del próximo año. 

Esto, en atención al principio de presunción de inocencia y a fin de maximizar el ejercicio de los derechos humanos en su vertiente político-electoral de votar.

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La Comisión del Registro Federal de Electores aprobó por unanimidad los “Lineamientos para la conformación de la Lista Nominal de Electores en Prisión Preventiva” (LNEPP), que definirá a las personas reclusas que podrán votar por la Presidencia de la República, así como en los comicios locales de Chiapas y de la Ciudad de México -por Gubernatura, Jefatura de Gobierno, diputaciones, ayuntamientos y alcaldías, respectivamente-, mientras que, en el caso de Hidalgo, por diputaciones locales y municipalidades. 

Estas entidades ya tienen regulada la modalidad de sufragio.

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Con el voto de las Consejeras Carla Humphrey Jordan y Norma De la Cruz Magaña, así como de los Consejeros Arturo Castillo Loza y Jaime Rivera Velázquez, se determinó que dichos Lineamientos configuran los actos interinstitucionales preparatorios para la conformación de la LNEPP.

Los Lineamientos establecen que las autoridades de las secretarías de Seguridad Pública, federales y locales, deberán proporcionar, con corte al 31 de diciembre de 2023, una base de datos de las personas recluidas sin sentencia condenatoria, a la cual se realizará una primera verificación de situación registral para identificar aquellos casos no inscritos en el Padrón Electoral y/o en la Lista Nominal de Electores.

También deberán proporcionar una ficha de registro y/o antropométrica de las Personas en Prisión Preventiva recluidas en los centros penitenciarios de su entidad federativa, con la cual se llevará a cabo la comprobación de las huellas digitales y la fotografía correspondiente.

Conforme a estos Lineamientos, las personas recluidas interesadas en participar en las elecciones del próximo año deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

  • Estar inscritas en la Lista Nominal de Electores 
  • No tener suspendidos sus derechos político-electorales por sentencia condenatoria

Además, estar en el supuesto de medida cautelar bajo prisión preventiva en algún centro penitenciario del territorio nacional, considerado para el ejercicio de este voto, y manifestar su intención de ejercer su derecho al sufragio por la vía presencial anticipada, mediante el llenado, firma y/o estampado de huella digital y entrega de la solicitud individual de inscripción.

Este proyecto de acuerdo será sometido a la consideración del Consejo General, para su correspondiente aprobación.

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