Armando Hart DávalosCorreo desde la Isla de la Dignidad
Estimados lectores de POR ESTO!:
El Dr. Hart, como conocemos, fue abogado de profesión, graduado de doctor en Derecho con la Tesis titulada “La crisis del Derecho en el siglo XX”, defendida con honores en la Universidad de La Habana en 1952.
Como su inolvidable padre, pensó y estudió acuciosamente los temas referidos a la Ley y al Derecho. Y a lo largo de toda su existencia, ejerció el Derecho, para transformar la realidad sobre la base de la ética y la justicia. En ese sentido, recordemos aquellas legítimas afirmaciones suyas: “Escogí la carrera de Derecho porque desde que tuve uso de razón me interesó la política y pensaba que así podría encauzar mis ingentes inquietudes y vocación de lucha por la justicia y la moral”.
Fue asimismo, un ferviente admirador e investigador de las constituciones cubanas; las cuales conoció hasta en sus detalles menos relevantes. Incluso tuvo la pretensión de ejercer una Cátedra como profesor universitario de Derecho Constitucional o de Teoría General del Estado, lo que no pudo llegar a realizar, porque bien conocemos, que pasó directamente a servir a la Patria en la primera línea de la lucha insurreccional contra la dictadura de Fulgencio Batista.
Como por razones obvias, no puede participar de viva voz en el intenso debate que sobre el Proyecto de Constitución de la República de Cuba lleva adelante nuestro pueblo; esta servidora, consideró oportuno compilar algunas de las innumerables ideas que nos legó sobre este tema y concederle así, el derecho que le asiste a que su voz cuente en las actuales discusiones, porque bien conocemos, que fue un soldado que se ganó ese derecho, en los combates por la soberanía de la martiana patria de Fidel.
No olvidemos que Para el Dr. Hart el tema jurídico, fue un componente esencial, un componente fundamental en las luchas políticas y revolucionarias en este país, orientadas desde el principio a garantizar la independencia nacional y la defensa de los intereses de los pobres y explotados; por eso subrayó siempre que: “Los decretos de abolición de la esclavitud constituyeron el eslabón inicial de una cadena de ideas jurídicas encaminadas hacia la justicia en su acepción cabal y universal; fundamentada en sólidos principios morales. Asimismo, en nuestra tradición jurídica ha estado presente la necesidad de la unidad del país frente a sus poderosos enemigos”.
Y por eso, aunque él no está físicamente entre nosotros, les traslado parte de sus opiniones, tomadas textualmente de sus medulares documentos; los que, precisamente, se publicarán en uno de los Tomos del Macroproyecto editorial, en el que se compila esta parte de su obra, el Tomo 6 titulado “La cultura de Hacer Política. Basamento ético de la cultura jurídica de la nación cubana”. Aquí están esas ideas del Dr. Hart:
El mandato constitucional del pueblo cubano:
la defensa de la Ley, la Etica y el Derecho, como la tarea política más importante que debemos asumir
Por Armando Hart Dávalos
Por nuestra patria comenzó hace ya más de un siglo, el primer ensayo neocolonial que concluyó con el triunfo de la Revolución en 1959. Invito a mirar hacia el “fiel de América”, hacia “el crucero del mundo”, teniendo en cuenta lo que se ha tramado contra Cuba, en el “Norte revuelto y brutal que nos desprecia”; porque en nuestro país se ejemplifica un desafío universal, esto lo señaló desde el siglo XIX José Martí. Por ello, cuando me preguntan, fuera de Cuba, cuál es el futuro de nuestro país, respondo: ¿Y cuál es el futuro del mundo?
El funcionamiento del sistema jurídico y el predominio de normas éticas es a la sociedad lo que la fisiología a la vida humana. Hay que cuidar estos valores con el mismo nivel de exigencia con que protegemos nuestra salud; porque su afectación crea malestar espiritual y desviaciones entre los revolucionarios y, precisamente, es lo que conviene al enemigo. Ese mal funcionamiento, crea, además, encono y amargura en los espíritus débiles y facilita de esta forma la influencia enemiga. La defensa de la juridicidad es, pues, un interés de la seguridad del Estado y de la nación.
El sistema jurídico proclama, en primer lugar, los derechos soberanos de la nación y, en segundo lugar, las normas y formas a partir de las cuales se puede actuar para garantizar las relaciones sociales y humanas en el seno de las colectividades de forma civilizada.
En lo personal, estimo que más importante que hacer legislaciones, que deben hacerse cada vez que se aprecie la necesidad de ellas, es indispensable estudiar el funcionamiento práctico del sistema jurídico vigente. En el orden práctico legal, lo esencial del problema no me parece referirse a las estructuras, a las legislaciones, sino propiamente al funcionamiento de los órganos y el ejercicio de las potestades que nos da la ley. No creo que tengamos un problema de anatomía o de estructura, sino de fisiología o de funcionamiento.
Sobre estos fundamentos culturales asumimos a plenitud los principios del Estado de derecho creado por la Revolución, que es expresión de la democracia de los trabajadores, por los trabajadores y para los trabajadores, y que encarna los más altos ideales de la edad moderna; recordemos que el derecho es la única forma culta de ejercer la violencia.
No podemos renunciar a la gloria de contribuir al equilibrio del mundo. En Cuba no hay sistema que perdure al margen o en contradicción con el Derecho. Las soluciones de estas contradicciones están en fortalecer el sistema jurídico y la tradición patriótica en que se sostiene nuestra Constitución y la propia tradición política que le sirve de fundamento.
Las leyes económicas y los factores de este carácter influyen por medio y a través de las llamadas categorías de la superestructura entre las que los sistemas de derecho y los paradigmas éticos desempeñan un papel singular.
Los sistemas jurídicos tienen por objetivo condicionar y orientar socialmente la conducta y el proceder humanos a partir de determinadas normas de convivencia fundamentadas en paradigmas éticos. Esto se observa de forma bien concreta en el derecho penal. La ley en este caso establece sanciones que suponen privación o limitaciones a las libertades y derechos personales de aquellos que violentan normas morales a las cuales la sociedad no puede renunciar sin caer en el caos, la barbarie y el desorden generalizado. Las hay también de carácter moral que no representan violaciones de la ley, las cuales reciben el repudio y el rechazo social. Muchas de ellas están contenidas en códigos de ética. Pero los principios morales protegidos para la juridicidad no se refieren solo al derecho penal, sino que están presentes en todas las relaciones sociales y personales y se vinculan, de esta forma, a la política, adquiriendo así una enorme significación y complejidad social. Y, desde luego, la ética tiene que ver esencialmente con la conducta humana y, por tanto, con el proceder en los procesos políticos.
La idea del Derecho y la juridicidad y su importancia en la evolución política y social de Cuba, e incluso en la proyección exterior de nuestro país, se ha expresado con valores universales trascendentales y de formas que muestran la riqueza jurídica y ética de la cultura nacional cubana.
Cuba tiene una larga tradición y rica experiencia histórica sobre el tema del Estado y el Derecho. La primera Constitución cubana expresó, desde entonces, los niveles más altos de la cultura jurídica, política y social de la nación emergente. En su contenido se revelaron las más altas escalas de la llamada cultura occidental. La República en Armas encarnó los intereses de la nación que venían de La Demajagua y de Yara; se estableció, a solo seis meses del levantamiento armado, un Estado cubano de Derecho, por eso he afirmado que ese es el verdadero día de la República de Cuba.
En esta primera Constitución quedó consagrada la igualdad de todos los hombres y mujeres ante la ley y la liberación de los esclavos. En aquella república, a medida que fue radicalizándose la lucha, se estableció un nexo indestructible entre la independencia nacional con la liberación social. Una década más tarde, Antonio Maceo, al protagonizar la Protesta de Baraguá frente a la claudicación de El Zanjón, formuló también de forma muy sencilla, las bases jurídicas que establecían un gobierno provisional y la forma de conducir las acciones de nuestro Ejército Mambí.
Al convocar, al inicio de la guerra, en 1895, después de la tregua fecunda, el Apóstol y Gómez señalaron en el Manifiesto de Montecristi que era la continuación de la gesta iniciada en Yara en 1868. En las memorables conversaciones entre Martí, Gómez y Maceo en La Mejorana, en mayo de 1895, se llegaron a acuerdos prácticos que luego de la muerte del Apóstol se expresaron en las Constituciones de Jimaguayú y La Yaya, dándole expresión y continuidad jurídica a la lucha por la independencia. Ello presuponía al Partido Revolucionario Cubano, como la organización política y el alma de la Revolución, y un gobierno democrático al que se subordinaba el Ejército Libertador.
El 10 de abril nos invita a una reflexión sobre la rica y hermosa tradición patriótica y jurídica cubana. Ese día de 1869 se proclamó, en Guáimaro, la República de Cuba en Armas y se nombró Presidente al Padre de la Patria. Más tarde, Martí escogió la misma fecha, en 1892, para la fundación del Partido Revolucionario Cubano. Hacen más de 50 años, también en esos días, se organizó, promovió y desarrolló la primera concentración popular dirigida por la FEU para protestar contra el cuartelazo del 10 de marzo de 1952, los estudiantes y el pueblo, llegamos hasta la Fragua Martiana con la bandera cubana al frente, la Constitución de 1940 ultrajada por la tiranía, y encabezando la marcha iban los dirigentes de la FEU y portando en alto la enseña nacional, el joven estudiante universitario Raúl Castro Ruz.
En la Fragua Martiana, juramos la Constitución y se inició un amplio movimiento encaminado a confirmar este juramento por personas de todos los rincones del país y de muy diversos sectores sociales y políticos. Las ideas de defender la Constitución ultrajada nos venían de la hermosa tradición jurídica nacida precisamente el 10 de abril de 1869. Se trata de una larga historia acerca de la importancia del derecho en la lucha por la justicia profundamente arraigada en la vanguardia revolucionaria cubana. Los cubanos de todas las edades podemos rendirle homenaje al 10 de abril de 1869, Día de la fundación de la República, y al 10 de abril de 1892, Día de la creación del Partido Revolucionario Cubano de Martí, recordando la primera manifestación contra la tiranía de Batista realizada por la FEU, también en abril de 1952.
Como conocemos el siglo XX comenzó en Cuba en medio de la intervención norteamericana, la Constitución de 1901 y la Enmienda Platt; la frustración del ideal martiano que aquellos sucesos significó el surgimiento de una conciencia nacional que rechazó la tutela imperialista. Estas circunstancias se generaron en el país un combate revolucionario que culminaría con la lucha contra la tiranía machadista en la tercera y cuarta décadas del siglo XX, y en la primera línea de ese proceso estuvo lo mejor de la intelectualidad cubana junto a las clases populares.
Como reflejo político asociado al estallido de la Segunda Guerra Mundial, en 1939, se propició un proceso de carácter pacífico en el que intervinieron todas las fuerzas políticas del país, que quedó plasmado en la Constitución de 1940, con el consenso nacional, los puntos más avanzados del pensamiento político de la época. Su texto es el resultado histórico del proceso forjado desde los tiempos de Mella y el Directorio Estudiantil y la acción revolucionaria de Antonio Guiteras. En la década de 1940, y hasta el golpe de estado de Batista en el 1952, los gobiernos auténticos con Grau San Martín y Carlos Prío Socarrás devinieron en símbolos de la corrupción, el latrocinio, el gangsterismo y la subordinación a la política norteamericana.
La Constitución del 40 fue, sin dudas, una de las Constituciones más progresistas de la época; es más, posiblemente haya sido una de las más cercanas a un pensamiento socialista, entre los países de occidente.
Para el 1 de junio de 1952 se habían convocado elecciones generales en las cuales iba a triunfar el partido de más amplia y mayor base popular que existía en el país. Y a menos de tres meses, el 10 de marzo de aquel año, Batista, con el apoyo norteamericano, derrocó al gobierno constitucional y abolió la Constitución de 1940. De esta forma impidió la victoria popular y afianzó el dominio de Estados Unidos en el terreno económico del país. Sin embargo, los reaccionarios deben extraer todas las consecuencias de la lección que la historia dio del cuartelazo, porque el rechazo del pueblo a aquel régimen tiránico generó un proceso revolucionario radical que culminaría con el triunfo de la revolución. Así conquistamos la plena libertad y la independencia el 1 de enero de 1959.
Hay otra gran enseñanza de la historia transcurrida desde Guáimaro hasta nuestros días: se trata de la unidad de las fuerzas revolucionarias.
En la lucha contra la tiranía había influido, de manera decisiva, la defensa de la Constitución de la República a la cual teníamos como bandera. Ello tenía su fundamento en la tradición jurídica descrita aquí y que se ejemplificó, de manera muy evidente, en el período neocolonial (1902-1959). Hubo dos gobiernos que de manera clara y descarnada violentaron la Constitución e instauraron una tiranía: los de Gerardo Machado (1926-1933), con la prórroga de poderes; y el de Fulgencio Batista (1952-1959), con su tristemente célebre golpe de estado. Ambos casos acabaron generando procesos revolucionarios radicales que tuvieron como punto de partida el quebrantamiento de la ley con el consiguiente rechazo popular a la ilegitimidad de gobiernos tiránicos. Así comenzó la lucha contra la tiranía. Luego la Revolución rebasó con creces el marco de la Constitución cercenada.
El hecho de que la Constitución de 1940 se firmara en Guáimaro y disponerse que su entrada en vigor fuese, justamente, el 10 de octubre de ese propio año, subraya el interés de insertar el nuevo texto constitucional en la rica tradición jurídica de la nación cubana no siempre divulgada y estudiada como merece. Su aprobación se vinculó por lo tanto a dos momentos esenciales de esa tradición: los decretos aboliendo la esclavitud dictados por Céspedes, en la ciudad libre de Bayamo, después del alzamiento en la Demajagua y la Constitución de Guáimaro en abril de 1869.
La Revolución, en su desarrollo, rebasó el marco de la constitución de 1940, pero, ella ha constituido siempre una de nuestras sagradas memorias. Expresa el pensamiento político cubano de la década del cuarenta logrado por consenso público y formalizado por la Asamblea Constituyente, en la que estuvieron presentes tanto figuras de la derecha como una destacada representación de los comunistas y de las fuerzas revolucionarias provenientes de la lucha contra Machado.
En fin, se requiere examinar las tres formas de república que ha tenido nuestro país: la de Cuba en Armas, nacida en Guáimaro en 1869, cargada de contradicciones y, al mismo tiempo, de generosos empeños independentistas; la surgida en 1902, hasta 1959, bajo el condicionamiento de los intereses de Estados Unidos; y la que se establece a partir del 1 de enero de 1959, independiente y soberana que lo será para siempre, porque no hay otra alternativa para Cuba.
El predominio de la ética, la ley y el derecho
No hay tarea política más importante e inmediata en nuestros días que asumir la defensa de la ética, la Ley y el Derecho. Ella se vincula directamente con las acciones que es necesario desplegar para hacer frente a los colosales desafíos que hoy tiene ante sí la nación cubana, en el orden interno para llevar adelante los cambios que necesitamos y abrir cauce al cumplimiento de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, así como ser capaz de insertarse en un mundo en el que las desigualdades, las violaciones del derecho internacional, el peligro de guerra nuclear, las agresiones y la destrucción sistemática del medio ambiente amenazan con poner fin a la vida de nuestra especie y de las demás especies en el planeta Tierra. Estas son las ideas con las que tenemos que sumarnos al gran movimiento convocado por Fidel a favor de la paz y para detener la maquinaria de guerra en marcha que podría desatar una confrontación de incalculables consecuencias y conducirnos a la destrucción de la humanidad.
Debo reiterar, que en 1953, Fidel y los moncadistas proclamaron los principios jurídicos de la nación cubana, y denunciaron a los que habían quebrantado el sistema jurídico del país. La lucha contra el régimen ilegal de Batista significó combatir a favor de la legalidad pisoteada y plantearse el tema de lo jurídico en un primer plano. Así comenzó la lucha contra la tiranía.
Fidel, en su alegato La Historia me absolverá, se apoya textualmente en preceptos de la Constitución de 1940 para la aplicación de las medidas revolucionarias más importantes y, en especial, en el que validaba la resistencia nacional frente a las violaciones de esta. Ningún otro documento como ese expresa con mayor nitidez elementos esenciales de la cultura jurídica de la nación cubana.
Hoy se necesita más que nunca del orden, la disciplina y la exigencia, porque defender la ética, el derecho y el orden constitucional forman parte intrínseca del mandato constitucional surgido del propio pueblo; no olvidemos que la juridicidad es decisiva en la vida política de las naciones. Por lo que para los cúbanos no hay tarea política más importante e inmediata en nuestros días que asumir la defensa de la ética, la ley y el Derecho.