Quintana Roo

SCJN valida reforma electoral de Quintana Roo que elimina a los “mejores perdedores”

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la reforma electoral de Quintana Roo que elimina la figura de los llamados “mejores perdedores” en la asignación de diputaciones de representación proporcional.

Con el cambio, las listas de candidatos a legisladores plurinominales estarán integradas por 10 personas registradas directamente por los partidos políticos
Con el cambio, las listas de candidatos a legisladores plurinominales estarán integradas por 10 personas registradas directamente por los partidos políticos / Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma electoral del estado de Quintana Roo que eliminó la figura de los llamados “mejores perdedores” en la asignación de diputaciones de representación proporcional.

Con este cambio, las listas de candidatos a diputados plurinominales estarán integradas por 10 personas registradas directamente por los partidos políticos, en lugar del anterior esquema de cinco candidatos propuestos y la misma cantidad de aspirantes de mayoría relativa que no ganaron sus distritos, pero obtuvieron los porcentajes más altos de votación.

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El Pleno de la Corte rechazó la impugnación presentada por Movimiento Ciudadano (MC) contra el Decreto 257, publicado el pasado 29 de mayo, al considerar que el Congreso de Quintana Roo tiene libertad para definir la integración de las listas de representación proporcional. El partido político omitió dar una opinión sobre el dictamen de la SCJN.

Con ello, el Pleno declaró infundada la Acción de Inconstitucionalidad 72/2026 y confirmó la validez del Artículo 383 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo. Con esta resolución, el Máximo Tribunal dejó firme la eliminación del pase automático que permitía a los candidatos perdedores a una presidencia municipal asumir la primera regiduría por el principio de representación proporcional.

El fallo, elaborado bajo la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, contó con la aprobación unánime de los integrantes del Pleno. La resolución determinó que la reforma aprobada por el Congreso del Estado de Quintana Roo mediante el Decreto 251, publicado el 29 de mayo de 2026, respeta los principios constitucionales de representación proporcional y equidad electoral.

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El recurso de inconstitucionalidad fue promovido el pasado 25 de junio, argumentando que la supresión de esta figura debilitaba la representación de las minorías y los contrapesos políticos en los ayuntamientos. Sin embargo, los ministros establecieron que las legislaturas locales cuentan con libertad de configuración normativa para determinar el orden de asignación de las regidurías, precisando que la ciudadanía vota por plataformas partidistas y que las regidurías plurinominales deben corresponder a quienes fueron registrados originalmente para el cargo de regidor.

Con esta determinación, las regidurías de representación proporcional en los 11 municipios de Quintana Roo se asignarán únicamente conforme al orden de prelación de las listas de regidores registradas por cada partido político. El criterio quedará plenamente vigente para el Proceso Electoral Ordinario de 2027 en la entidad.