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¿Qué se necesita para crear un nuevo municipio en Campeche? Candelaria cumple 28 años de su creación

A 28 años de la fundación de Candelaria, te explicamos qué requisitos exige la Constitución de Campeche para que una localidad logre su autonomía y se convierta en municipio.

El Congreso de Campeche aprobó en 1998 el Decreto Número 57 para fundar de forma oficial el municipio libre de Candelaria.
El Congreso de Campeche aprobó en 1998 el Decreto Número 57 para fundar de forma oficial el municipio libre de Candelaria. / Especial

Un día como hoy, pero de 1998, el Congreso del Estado de Campeche aprobó el Decreto Número 57, con el cual se creó oficialmente el municipio libre de Candelaria, convirtiéndose en el undécimo municipio del estado. La nueva demarcación se integró con territorio que pertenecía al municipio de Carmen. Con 28 años de vida, Candelaria cuenta con más de 46 mil habitantes y mantiene el nombramiento de Pueblo Mágico.

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Los últimos municipios creados en Campeche

Desde la creación de Candelaria en 1998, Campeche solo ha erigido dos nuevos municipios: Dzitbalché y Seybaplaya, ambos creados en 2019. Estos dos municipios iniciaron funciones formales tras las elecciones de 2021, cuando eligieron por primera vez a sus ayuntamientos. Con estos dos casos, la entidad pasó de 11 a 13 municipios.

¿Qué se necesita para crear un nuevo municipio en Campeche?

De acuerdo con el artículo 4, fracción I de la Constitución Política del Estado de Campeche, la creación de una nueva demarcación debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • La zona que solicita convertirse en municipio debe contar con más de 25,000 habitantes. Excepcionalmente, el Congreso puede autorizarlo con una población de entre 6,000 y 25,000 habitantes cuando existan razones políticas, sociales o económicas que lo justifiquen.
  • Debe comprobarse que la nueva entidad tiene viabilidad económica y política para sostenerse por sí misma.
  • Se debe demostrar que la creación del nuevo municipio no cause un perjuicio grave al municipio del cual se desprenderá.
  • Es obligatorio escuchar la opinión del ayuntamiento del municipio afectado.
  • También se debe recabar la opinión del Ejecutivo del Estado.
  • La aprobación final requiere el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en el Congreso.

La creación del nuevo municipio se formaliza mediante la modificación de la Constitución del Estado y de la Ley Orgánica de los Municipios. Una vez aprobado el decreto, y mientras se realizan las elecciones ordinarias, el gobierno del nuevo municipio queda a cargo de un Comité Municipal integrado por un presidente, un regidor y un síndico, nombrados por el Congreso del Estado a propuesta del gobernador.

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JGH