La retención de personas en contra de su voluntad en los centros de rehabilitación para personas con problemas de adicciones en Campeche constituye el delito de privación ilegal de la libertad, por lo que propietarios, responsables o “padrinos” podrían enfrentar penas de hasta tres años de prisión y multas de hasta 150 días de salario, de acuerdo con el Código Penal del Estado.
Tras las denuncias de internos del anexo “Obsesión Mental” y de otros centros, abogados campechanos pidieron a la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana (SPSC) y a la Fiscalía General del Estado de Campeche (Fgecam) no ser omisas, investigar los señalamientos y, de acreditarse los hechos, proceder penalmente contra los responsables.
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El presidente del Colegio de Profesionistas en Derecho “Barra de Abogados A.C.”, Francisco Portela Chaparro, recordó que el artículo 348 del Código Penal local establece sanciones de seis meses a tres años de prisión, además de multas de entre 50 y 150 días de salario, para quien prive de su libertad a una persona. El artículo 349 contempla el incremento de la pena cuando la víctima sea menor de edad, adulto mayor, persona vulnerable o cuando la privación de la libertad se prolongue más de 48 horas.
El litigante advirtió que diversos anexos operan sin cumplir con las disposiciones sanitarias y de Protección Civil, recurriendo a métodos de internamiento que pueden generar afectaciones psicológicas.
Respecto al caso del centro “Obsesión Mental”, donde escaparon 10 internos, Portela Chaparro indicó que, si desde marzo existía un reporte de la Secretaría de Salud (Ssa) sobre personas retenidas contra su voluntad, las autoridades debieron darle seguimiento.
El abogado insistió en que la SPSC, la Ssa, Protección Civil y la Fiscalía deben fortalecer la supervisión de los centros de rehabilitación para impedir que, bajo el argumento del tratamiento contra las adicciones, se cometan conductas tipificadas como privación ilegal de la libertad y se vulneren los derechos fundamentales de los internos.