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Yucatán

Van contra deudores alimentarios en Yucatán: avanza la reforma que exigirá cubrir pensiones, gastos de manutención y defensa legal

Con la reforma, los jueces deberán considerar dentro de la reparación del daño no sólo el pago de las pensiones vencidas, también los gastos y compromisos económicos.

Avala comisión del Congreso reforma al Código Penal que agrava las sanciones contra incumplidores
Avala comisión del Congreso reforma al Código Penal que agrava las sanciones contra incumplidores / Por Esto!

En Yucatán, evadir la pensión alimenticia ya no implicará únicamente saldar lo atrasado. El Congreso del Estado dio un paso para endurecer las consecuencias legales contra los deudores alimentarios, al aprobar por unanimidad en comisión una reforma al Código Penal que obligará a reparar de manera integral el daño causado a las familias afectadas.

La Comisión de Justicia y Seguridad Pública avaló el dictamen que modifica los artículos 33 y 221 del Código Penal estatal, con el objetivo de ampliar el concepto de reparación del daño en los casos de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.

La iniciativa fue presentada por el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso, Wilmer Monforte Marfil, quien subrayó que detrás de cada juicio por pensión alimenticia existen familias que enfrentan dificultades económicas mientras buscan justicia.

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En la práctica, cuando una persona deja de cumplir con su obligación alimentaria, las madres o responsables de los menores suelen recurrir a préstamos, empeñar bienes o asumir gastos legales para poder sostener a sus hijas e hijos y exigir el cumplimiento del derecho.

Reparación del daño

Con la reforma, los jueces deberán considerar dentro de la reparación del daño no sólo el pago de las pensiones vencidas, también los gastos y compromisos económicos que las víctimas contrajeron durante el tiempo en que persistió el incumplimiento.

Entre los aspectos que podrán incluirse en la reparación se contemplan: gastos realizados para garantizar la subsistencia de los dependientes, deudas adquiridas durante ese periodo y los honorarios de asesoría jurídica particular, siempre que estos se acrediten ante la autoridad judicial.

Asimismo, el dictamen establece que en los casos donde se vulneren derechos de niñas, niños y adolescentes deberá prevalecer el principio del interés superior de la niñez, reforzando la protección legal hacia este sector.

La reforma también prevé que, cuando el incumplimiento afecte a hijas, hijos o personas adultas mayores, o cuando las víctimas no puedan presentar una denuncia, el delito podrá perseguirse de oficio, facultando al Ministerio Público para intervenir y promover la designación de un tutor o representante legal.

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Derecho fundamental

Durante el análisis legislativo, los legisladores Neyda Pat Dzul y Gaspar Armando Quintal Parra presentaron propuestas para fortalecer el dictamen, mismas que fueron incorporadas al documento final aprobado por unanimidad.

Desde la tribuna, Monforte Marfil sostuvo que la pensión alimentaria no es un trámite administrativo, sino un derecho fundamental que garantiza la alimentación, salud y educación de niñas y niños.

“Cuando hablamos de pensión alimentaria hablamos de la renta que debe pagarse, del uniforme escolar, de los medicamentos cuando un hijo se enferma y de la comida que debe haber en la mesa. Pero también hablamos de préstamos y de patrimonio comprometido para poder buscar justicia”, expresó.

El legislador añadió que durante años muchos deudores simplemente pagaban lo atrasado cuando enfrentaban un proceso judicial, sin asumir las consecuencias económicas que su incumplimiento había generado en las familias.

“La justicia no se limita a pagar lo que se debía. También se tiene que reparar el daño causado por no cumplir con esa obligación”, enfatizó.

El dictamen aprobado será distribuido entre las y los diputados del Congreso para continuar con el proceso legislativo y ser sometido a votación en el Pleno.