La denuncia presentada por Cristina Romero Álvarez, mamá de Abelito, contra Naim Darrechi, Agustín Fernández y Luis Eduardo Guillén abrió un proceso que podría tener consecuencias legales. La madre del influencer señaló presuntos tocamientos de índole sexual ocurridos durante una fiesta y afirmó que acudió ante las autoridades correspondientes.
De acuerdo con el señalamiento difundido públicamente, los hechos habrían ocurrido sin consentimiento de la denunciante. No obstante, corresponde a las autoridades investigar lo sucedido, reunir las pruebas y determinar si existe responsabilidad penal; una denuncia por sí misma no equivale a una condena.
¿Qué delito podría investigarse?
El Artículo 260 del Código Penal Federal establece que existe abuso sexual cuando, sin consentimiento de la víctima y sin intención de llegar a la cópula, se realiza un acto de naturaleza sexual. La legislación incluye dentro de estos actos los tocamientos, caricias y roces corporales, entre otras conductas.
La legislación también señala que el consentimiento no puede presumirse por el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima. El delito, además, se persigue de oficio, de acuerdo con el texto vigente del artículo.
¿Cuántos años de prisión contempla la ley?
En caso de que una investigación y posteriormente un proceso judicial determinaran que se cometió el delito previsto en el Artículo 260, la pena establecida actualmente es de tres a siete años de prisión, además de una multa de 200 a 500 veces el valor diario de la UMA.
Con la UMA de 2026, cuyo valor diario es de 117.31 pesos, la multa equivalente a 200 UMA sería de aproximadamente 23 mil 462 pesos, mientras que 500 UMA representarían alrededor de 58 mil 655 pesos.
La misma disposición contempla, además, la obligación de acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, y/o prestar servicio social, conforme a las condiciones establecidas por la legislación.
¿La pena podría aumentar?
El propio Código Penal Federal contempla circunstancias que pueden incrementar las penas hasta en una tercera parte. Entre ellas se encuentran el uso de violencia física, psicológica o moral y la participación de dos o más personas, además de otros supuestos específicos previstos por la legislación.
Por ello, la sanción que eventualmente podría corresponder a una persona denunciada no puede determinarse únicamente a partir de los señalamientos públicos. Las autoridades tendrían que establecer qué ocurrió, qué delito corresponde, qué pruebas existen y si se actualiza alguna circunstancia agravante.
Hasta el momento, la denuncia de la mamá de Abelito representa el inicio de una investigación y no una sentencia contra Naim Darrechi, Agustín Fernández o Luis Eduardo Guillén. La determinación de responsabilidades corresponderá a las autoridades competentes y, en su caso, a los tribunales.