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Senado endurece castigos por abuso sexual en todo México: así quedarían las nuevas penas de cárcel y multas

El Senado aprobó por unanimidad una reforma que homologa el delito de abuso sexual en México, ordena perseguirlo de oficio y aumenta las penas de prisión y multas. Te explicamos qué cambia y en qué casos las sanciones serán más altas.

Con estos ajustes, el abuso sexual dejará de ser un delito minimizado y deberá investigarse de inmediato
Con estos ajustes, el abuso sexual dejará de ser un delito minimizado y deberá investigarse de inmediato / Archivo

El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal Federal para fortalecer la protección frente al delito de abuso sexual en todo el país.

Con 97 votos a favor, las y los senadores avalaron cambios a los artículos 260 y 266 Bis, en un contexto marcado por la reciente agresión sufrida por la presidenta Claudia Sheinbaum en las inmediaciones del Zócalo de la Ciudad de México.

El dictamen homologa la definición de abuso sexual a nivel federal y establece que este delito se perseguirá de oficio, es decir, ya no dependerá de que la víctima presente una denuncia para que las autoridades actúen.

La nueva redacción amplía el concepto de abuso sexual e incluye, como conducta punible, cuando una persona, sin consentimiento y sin intención de llegar a la cópula, realiza:

  • tocamientos, caricias o roces en el cuerpo de la víctima,
  • obliga a la víctima a observar un acto sexual, o
  • la fuerza a mostrar su propio cuerpo, ya sea en espacios públicos o privados.
Senadores aprobaron entre un 20 y 35 por ciento de aumento, pero en algunos casos será hasta del 50%.

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Además, la reforma precisa que el consentimiento no puede deducirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física, alineándose con estándares internacionales en materia de violencia sexual y reconociendo que muchas víctimas se paralizan ante la agresión.

El proyecto de decreto fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar el proceso legislativo.

Nuevas penas, multas y agravantes por abuso sexual en México

Con la reforma avalada por el Senado, las sanciones por el delito de abuso sexual se endurecen de manera significativa. El nuevo marco plantea:

  • Pena de prisión de 3 a 7 años, y
  • multa de 200 a 500 veces el valor de la UMA.

Además, las personas sentenciadas por este delito deberán asistir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, y/o prestar servicio social en favor del Estado o de instituciones de beneficencia.

El objetivo es acompañar la sanción penal con un cambio cultural que promueva la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Las penas se incrementarán a entre 4 y 9.3 años de cárcel cuando el abuso sexual se cometa bajo ciertas circunstancias agravantes, entre ellas:

  • Uso de violencia física, psicológica o moral.
  • Participación de dos o más personas en la agresión.
  • Que el hecho ocurra en un lugar despoblado, solitario o de difícil acceso.
  • Existencia de una relación de confianza, sentimental, laboral, educativa, deportiva, artística, religiosa o de parentesco entre agresor y víctima.
  • Que el agresor sea servidor público o ministro de culto y se aproveche de su cargo o función.
  • Que la víctima esté bajo el efecto de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias que afecten su voluntad o discernimiento.
  • Que la víctima se encuentre embarazada o en puerperio.

Con estos ajustes, el Senado busca enviar un mensaje político y jurídico claro: el abuso sexual dejará de ser un delito minimizado y deberá investigarse de inmediato, con sanciones más severas y un enfoque que coloca el consentimiento y la protección de las víctimas en el centro de la política penal.

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