Quintana Roo / Sucesos

Condenan a 25 años a “Bobitos” y “Topo” por asesinato del regidor de Chetumal Marco Antonio May

El asesinato ocurrió la noche del 21 de marzo de 2014 en el domicilio del funcionario en Chetumal, donde fue atacado con arma blanca.

Los condenados son Edwin Gustavo Juárez Borges, alias “Bobitos”, y Fredy Ismael Tamay, alias “Topo”
Los condenados son Edwin Gustavo Juárez Borges, alias “Bobitos”, y Fredy Ismael Tamay, alias “Topo” / Especial

Tras un extenso proceso legal que se prolongó por varios años, las autoridades judiciales dictaron una sentencia de 25 años de prisión para cada uno de los implicados en el asesinato del regidor por Othón P. Blanco, Marco Antonio May Molina. Los ahora sentenciados fueron plenamente identificados como Edwin Gustavo Juárez Borges, conocido en el ámbito delictivo bajo el alias de “Bobitos”, y Fredy Ismael Tamay, alias “Topo”, quienes resultaron hallados penalmente responsables del delito de homicidio calificado.

Los hechos que originaron esta condena ocurrieron la noche del 21 de marzo del año 2014, una fecha que conmocionó a la comunidad local y al ámbito político de la región. De acuerdo con el expediente oficial del caso y las investigaciones desahogadas por la representación social, el crimen se perpetró alrededor de las veinte horas en el interior del propio domicilio de la víctima, el cual se encontraba ubicado sobre la calle Heriberto Jara número 348, específicamente entre las calles CNC y Luis Cabrera.

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Durante las indagatorias, el Fiscal General del Estado detalló la participación coordinada y el modus operandi de los agresores, explicando que Fredy Ismael Tamay, alias “Topo”, fue el encargado de atraer al regidor y asegurar su presencia en el exterior de la vivienda para facilitar el posterior ataque letal.

Una vez que lograron interceptar a la víctima dentro de la vivienda, Edwin Gustavo Juárez Borges, alias “Bobitos”, procedió a agredir físicamente al regidor utilizando un arma blanca. El atacante le infligió heridas punzocortantes con un cuchillo directamente en las regiones del tórax y la espalda. Los informes médicos forenses posteriores determinaron que estas lesiones punzantes provocaron graves hemorragias internas y externas masivas que, debido a su severidad y localización anatómica, causaron de manera casi instantánea la muerte del servidor público en el lugar de los hechos.

A pesar del contundente fallo judicial y del éxito en la acreditación de la autoría material del crimen por parte de los dos imputados, las autoridades ministeriales mantuvieron un estricto hermetismo respecto a ciertos elementos del caso. Durante sus declaraciones oficiales, el fiscal del estado declinó profundizar en las líneas de investigación específicas y no dio a conocer de manera pública el móvil o la causa principal que motivó el brutal asesinato del regidor, dejando esa parte del expediente bajo reserva legal.

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Haciendo una retrospectiva del suceso, la misma noche del crimen se generó una intensa movilización de los cuerpos de seguridad. Inmediatamente después de recibir el reporte de la agresión a través de las líneas de emergencia, las corporaciones policiacas de los tres niveles de gobierno desplegaron un fuerte y coordinado operativo de búsqueda e inspección en toda la periferia de la zona residencial con la firme intención de ubicar y capturar a los responsables en flagrancia, aunque en las primeras horas posteriores al evento los datos obtenidos eran sumamente escasos y limitados.

En los primeros informes emitidos de manera oficial por el personal pericial adscrito a la entonces Procuraduría General de Justicia, se asentó de forma preliminar que el cadáver del regidor presentaba a simple vista una herida penetrante en la región del abdomen con una extensión aproximada de 3.5 centímetros, además de las lesiones en la espalda. En su momento, el Agente del Ministerio Público del Fuero Común dio fe de los hechos y ordenó de inmediato el levantamiento del cuerpo, así como su posterior traslado a las instalaciones del Servicio Médico Forense para la realización de la necropsia de ley, procedimiento que a la postre confirmaría científicamente la causa exacta del fallecimiento y que hoy sirve como base fundamental para sustentar la condena de 25 años de cárcel impuesta a Juárez Borges y a Ismael Tamay.