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Mujeres rurales en Yucatán, con la menor tenencia de tierra en México: apenas alcanzan el 5.1%

Yucatán ocupa último lugar nacional en propiedad de la tierra para mujeres del campo.

En Yucatán, las pobladoras rurales viven dentro de un sistema jurídico que las reconoce en el papel pero las ignora en la práctica
En Yucatán, las pobladoras rurales viven dentro de un sistema jurídico que las reconoce en el papel pero las ignora en la práctica / Por Esto!

Hay una cifra que lo dice casi todo sobre la situación de las mujeres rurales en Yucatán: la participación femenina en la tenencia de la tierra en el estado es de apenas 5.1%, la más baja de toda la República Mexicana. En el otro extremo del país, en la Ciudad de México, esa proporción alcanza el 34.4%.

Entre esos dos números -entre la Ciudad de México y una comunidad maya del oriente yucateco- hay más que distancia geográfica: hay siglos de normas, costumbres y silencios que han decidido quién hereda, quién decide y quién trabaja la tierra sin poseerla jamás.

María Teresa Vázquez Baqueiro, maestra en Derechos Humanos y Constitucionales y docente de la Universidad Autónoma de Yucatán, conoce bien ese territorio. En exclusiva para POR ESTO!, la especialista presentó un análisis que cruza el marco jurídico internacional, nacional y estatal con la realidad que enfrentan las mujeres del campo yucateco: una realidad donde la ley existe, el problema es que no llega.

El andamiaje jurídico y el vacío real

El derecho internacional dedicado a proteger a las mujeres rurales no es nuevo ni endeble. En 1979, con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer —CEDAW, por sus siglas en inglés—, se establecieron bases fundamentales para la protección de estos derechos; tratado ratificado por México en 1981. Quince años después, la Organización de los Estados Americanos aprobó en 1994 la Convención de Belém do Pará, enfocada en prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, ratificada por México en 1998.

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En México, el andamiaje se completó con instrumentos como la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias. A nivel estatal, Yucatán cuenta con sus propias leyes en materia de igualdad y acceso a una vida libre de violencia. El artículo 32 Bis de la legislación yucateca establece explícitamente la necesidad de promover la igualdad de oportunidades en el uso de la propiedad y en los beneficios del desarrollo rural.

Es un cuerpo legal robusto. El problema, advierte Vázquez Baqueiro, es la distancia entre el texto y la práctica.

En México, de las 27.4 millones de personas que viven en zonas rurales, la mitad son mujeres. Sin embargo, solo 3 de cada 10 personas ejidatarias o comuneras a nivel nacional son mujeres. Y dentro de ese ya reducido porcentaje, Yucatán ocupa el último lugar del país. A nivel nacional, de los 29,800 núcleos de población ejidal existentes, el 73.18% de la tenencia y posesión de las tierras parceladas está en manos de hombres, mientras que solo el 26.82% pertenece a mujeres. Yucatán queda muy por debajo incluso de esa media ya asimétrica.

La tierra que no se hereda, el derecho que no se tramita

Las barreras para que una mujer rural en Yucatán acceda a derechos agrarios no son solo culturales. Son también burocráticas, económicas y geográficas. Funcionarias del Registro Agrario Nacional en Mérida han identificado “barreras económicas y de información” para realizar los trámites de sucesión de derechos, entre ellas la distancia entre los ejidos y las dependencias de gobierno. A eso se suma un detalle aparentemente menor que resulta devastador en la práctica: es común que los nombres de titulares o herederos tengan errores en los registros, y cuando se abre el sobre de sucesión y se encuentran esas inconsistencias —situación muy frecuente en regiones indígenas del país— el trámite debe reiniciarse, lo que implica un juicio de jurisdicción voluntaria ante un tribunal agrario, un proceso largo y costoso que desmotiva y finalmente expulsa a los herederos.

Para una mujer maya de una comunidad sin abogado, sin transporte propio y con responsabilidades domésticas y productivas acumuladas, ese laberinto administrativo equivale, en la práctica, a no tener derecho.

Las mujeres rurales perciben solo la mitad de los ingresos de las mujeres urbanas y un tercio comparado con los hombres. En ese contexto de desventaja económica, perder acceso a la tierra no es una abstracción jurídica: es quedarse sin capital productivo, sin garantía para créditos, sin voz en las asambleas ejidales y sin autonomía frente a cualquier forma de dependencia o violencia.

La Península como zona de conflicto

El análisis de Vázquez Baqueiro muestra la situación de las mujeres rurales dentro de un contexto territorial más amplio que agrava todas las desigualdades. La Península de Yucatán se ha convertido en lo que la especialista llama una Zona Específica de Intensa Acumulación: un territorio marcado por la expansión del capital transnacional, la agroindustria, el turismo masivo y los megaproyectos de infraestructura.

Este modelo de desarrollo ha generado lo que ella denomina Zonas Específicas de Intensa Conflictividad Social: espacios donde las comunidades locales —y particularmente las mujeres— enfrentan de forma simultánea problemas de salud, violencia de género, contaminación ambiental y pérdida de acceso a sus recursos naturales y territorios. No son fenómenos aislados: se superponen y se refuerzan mutuamente.

En Yucatán, se ha documentado que en períodos electorales las mujeres de comunidades rurales son intimidadas con la amenaza de quitarles sus apoyos gubernamentales si no votan por determinados candidatos. La vulnerabilidad económica se convierte así en palanca de control político, y el derecho a la participación libre se ve corroído desde la base.

Lo que las sentencias revelan

Las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra México tienen, en el análisis de Vázquez Baqueiro, un valor que va más allá del caso concreto: sirven para visibilizar la estructura de la desigualdad. Los casos donde las víctimas han sido niñas y mujeres indígenas permiten leer, en sus expedientes, el mapa exacto de las barreras que persisten: vacíos documentales, ausencia de datos desagregados por género y etnia, falta de presupuesto para diagnósticos en materia de violencia en comunidades indígenas, y ausencia de materiales informativos en lenguas indígenas para mujeres que no saben leer ni escribir.

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La desigualdad, en este caso, no solo se padece: también se invisibiliza. No hay datos porque no se recolectan. No se recolectan porque no se presupuestan. No se presupuestan porque no se priorizan. Y así el ciclo se cierra sobre sí mismo.