Una reforma puede partir de una causa legítima y, aun así, necesitar correcciones. Eso es justamente lo que está ocurriendo con el artículo 127 constitucional y el intento de poner un límite a las llamadas “pensiones doradas”.
La reforma que entró en vigor en abril buscó frenar jubilaciones desproporcionadas de ex altos funcionarios financiadas con recursos públicos. El propósito encontró respaldo social: resulta difícil justificar que alguien reciba, después de dejar el servicio público, cantidades que rebasan ampliamente la remuneración de quien encabeza el Poder Ejecutivo.
El problema no estuvo en el objetivo, sino en el alcance de la regla. El nuevo texto fijó como máximo la mitad de la remuneración presidencial para determinadas jubilaciones y pensiones del personal de confianza de entidades públicas. Al aplicarse, surgió una pregunta que durante el debate legislativo no quedó suficientemente resuelta: ¿todos los trabajadores de confianza se encuentran en la misma situación? La respuesta es no.
En la administración pública existen funcionarios que llegan temporalmente a puestos de alta responsabilidad, pero también trabajadores que comenzaron desde abajo cotizaron durante décadas, hicieron carrera y después asumieron funciones directivas. Equiparar ambas historias laborales puede ser sencillo desde el discurso político, pero no necesariamente justo.
El IMSS ofrece quizá uno de los mejores ejemplos. Muchos de sus cuadros de confianza y dirección provienen de plazas de base. Son médicos que terminaron dirigiendo hospitales, enfermeras, técnicos y profesionales administrativos que ascendieron dentro de la propia institución. Su jubilación está vinculada al Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Instituto, alimentado durante años con aportaciones de los trabajadores y del IMSS como patrón.
Ahí la palabra “privilegio” comienza a quedarse corta.
No es lo mismo recibir una prestación extraordinaria sin relación razonable con la vida laboral que jubilarse bajo reglas vigentes durante décadas y con aportaciones descontadas del salario. La primera situación puede y debe revisarse. La segunda obliga al Estado a actuar con mayor precisión.
La propia Consejería Jurídica del Ejecutivo terminó reconociendo que la reforma admitía una interpretación más favorable para los pensionados. En vez de tomar como límite la mitad de la remuneración presidencial, consideró que debía utilizarse la totalidad de ese ingreso. La presidenta Claudia Sheinbaum anunció posteriormente que enviará una nueva iniciativa al Congreso para dejar ese criterio expresamente establecido en la Constitución.
La decisión tiene una lectura política, pero también una jurídica.
Detrás está el principio pro persona: cuando existen distintas interpretaciones posibles, la autoridad debe privilegiar aquella que otorgue mayor protección a los derechos de las personas. No significa mantener abusos ni blindar pensiones injustificables. Significa algo mucho más elemental: antes de afectar un derecho, el Estado debe distinguir.
Y eso es precisamente lo que ahora parece intentarse.
La corrección merece reconocerse. En política suele existir resistencia a modificar una decisión porque cualquier ajuste puede presentarse como derrota. Pero corregir una norma cuando su aplicación produce efectos distintos de los buscados no debilita necesariamente a un gobierno; también puede mostrar capacidad para escuchar, revisar y corregir.
El debate, sin embargo, no termina con elevar el límite de 50 a 100 por ciento de la remuneración presidencial. Falta saber qué ocurrirá con los componentes contributivos y contractuales de los distintos sistemas de jubilación.
En el IMSS esas definiciones serán especialmente importantes. Castigar el ascenso profesional de quien hizo carrera dentro de la institución sería enviar una señal equivocada: que aceptar mayores responsabilidades puede terminar poniendo en riesgo derechos construidos durante toda una vida laboral.
Combatir privilegios sigue siendo necesario. Proteger las finanzas públicas también. Pero ninguna de esas tareas exige confundir a quien obtuvo una ventaja injustificada con quien acumuló un derecho a lo largo de décadas.
La verdadera corrección de la reforma no estará solamente en cambiar una cifra. Estará en aprender a distinguir.
Porque la austeridad puede poner límites. La justicia obliga a saber dónde ponerlos.