La Suprema Corte de Justicia de la Nación volvió a poner límites al Congreso del Estado de Quintana Roo. En una resolución reciente, invalidó varias disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción que permitían a esa institución solicitar la intervención de comunicaciones privadas y la localización geográfica en tiempo real de ciudadanos, facultades que el máximo tribunal consideró excesivas y violatorias de derechos fundamentales.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que cuestionó que la legislación local otorgara a la Fiscalía Anticorrupción atribuciones que excedían sus competencias y vulneraban la privacidad, intimidad y seguridad jurídica de las personas.
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La Corte declaró inválidos los artículos 11, fracción XXXIII; 17, inciso A), fracción XXX; 23, fracción XIII (en la parte relativa a intervención de comunicaciones privadas y localización geográfica en tiempo real), así como los artículos 43, 44 y 45 del decreto 085 publicado el 10 de enero de 2025. También determinó que el Congreso local no tenía competencia para regular medios de apremio, materia reservada al Congreso de la Unión.
“Es un golpe a la arrogancia de un Congreso que se cree con poder absoluto”, comentó un abogado litigante que pidió no ser citado. “La Fiscalía Anticorrupción pretendía espiar y multar sin control judicial real. La Corte les puso un alto, pero esto deja en evidencia que la ley fue hecha más para controlar que para combatir la corrupción de verdad”.
Vecinos y activistas consultados expresan desconfianza. “¿De qué sirve una Fiscalía Anticorrupción si le quitan las herramientas? Lo grave es que el Congreso siga intentando pasarse de la raya y la SCJN tenga que estar corrigiéndolos una y otra vez”, señaló María Elena Torres, activista vecinal de la Supermanzana 97.
Este no es el primer revés que recibe el Congreso del Estado por parte de la SCJN. En los últimos meses, el máximo tribunal ha invalidado diversas disposiciones locales, incluyendo reformas que afectaban derechos de participación de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, requisitos de origen para cargos públicos y otras normas consideradas inconstitucionales.
La ciudadanía percibe un patrón: un Poder Legislativo que legisla sin medir consecuencias constitucionales y que termina siendo frenado por la Corte. “Cada vez que el Congreso aprueba algo que suena a control o a favoritismo, la SCJN lo tumba. Eso habla mal de la calidad legislativa que tenemos en Quintana Roo”, criticó Pedro Gutiérrez, habitante de la Región 236.
El fallo obliga al Congreso del Estado a ajustar la ley conforme a los criterios constitucionales. Mientras tanto, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción queda con facultades reducidas para investigar, lo que genera dudas sobre su real capacidad para enfrentar la corrupción en un estado donde este flagelo sigue siendo una de las principales quejas ciudadanas.
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Organizaciones civiles y abogados consultados exigen que el Congreso deje de intentar otorgar poderes excesivos a instituciones locales y se concentre en legislar con rigor constitucional. “No se trata de debilitar la lucha anticorrupción, se trata de hacerla con apego a la Constitución y sin violar derechos”, señaló un litigante.
Los afectados —los ciudadanos comunes que podrían haber sido objeto de vigilancia sin control— respiran con alivio temporal, pero exigen que el Congreso aprenda la lección: las leyes deben proteger a la sociedad, no dar herramientas invasivas a las instituciones sin los debidos límites.