Las familias que cuentan con una bóveda en alguno de los panteones municipales de Mérida deberán realizar un refrendo obligatorio cada tres años para conservar el derecho de uso del espacio, de acuerdo con el nuevo Reglamento del Servicio Público de Panteones aprobado por el Congreso del Estado.
La nueva disposición busca mantener actualizado el padrón de titulares, dar certeza jurídica sobre los espacios funerarios y evitar el abandono de tumbas y bóvedas en los cementerios municipales.
¿En qué consiste el refrendo de bóvedas en Mérida?
El reglamento establece que los propietarios o titulares del derecho de uso de una bóveda deberán renovar ese derecho cada tres años mediante el refrendo correspondiente.
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Si el trámite no se realiza dentro del plazo establecido, el Ayuntamiento de Mérida podrá iniciar un procedimiento para recuperar el espacio, aunque antes deberá cumplir con un proceso legal que incluye:
- Notificar a los titulares del derecho de uso.
- Publicar la relación de permisos próximos a vencer.
- Otorgar el plazo correspondiente para que los responsables regularicen su situación.
Esto significa que la recuperación de una bóveda no será automática, sino que deberá seguir el procedimiento previsto en el reglamento.
¿Qué pasará con las tumbas abandonadas?
Otra de las novedades del reglamento es la creación de un procedimiento específico para atender las tumbas y bóvedas en estado de abandono.
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El Ayuntamiento podrá realizar inspecciones para detectar estos casos, integrar un expediente administrativo y notificar a los responsables para que regularicen la situación. Si no existe respuesta dentro de los plazos establecidos, podrá iniciarse el proceso de recuperación del espacio conforme a la normativa vigente.
El objetivo es aprovechar de mejor manera la capacidad de los cementerios municipales y mantenerlos en condiciones adecuadas de conservación.