La aprobación de la reforma al artículo primero de la Constitución de Yucatán es la culminación de un proceso jurídico y legislativo iniciado con la despenalización del aborto en la entidad, además del cumplimiento de una sentencia federal que el Congreso local mantenía pendiente hace más de un año, afirmó Amelia Ojeda Sosa, coordinadora jurídica de la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (Unasse).
La activista explicó que la resolución deriva del amparo en revisión 274/2024, mediante el cual se ordenó al Legislativo realizar dos modificaciones fundamentales: eliminar de la Constitución estatal la disposición que protegía la vida desde el momento de la fecundación y reformar diversos artículos del Código Penal para retirar la criminalización del aborto voluntario.
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Recordó que en abril del 2025 el Congreso del Estado aprobó modificaciones al Código Penal para permitir la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Sin embargo, en ese momento no se alcanzó la mayoría calificada para reformar la Constitución local debido al voto en contra de legisladores del PAN y del PVEM.
“Lo que sucedió ahora es que finalmente se eliminó una disposición que había sido declarada inconstitucional por la Suprema Corte, porque los congresos estatales no tienen facultades para determinar en qué momento inicia la vida ni para otorgar personalidad jurídica al embrión o al feto”, señaló.
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Ojeda Sosa consideró que la aprobación unánime de la reforma fue consecuencia de las medidas adoptadas por una jueza federal, quien impuso sanciones económicas a los integrantes de la actual Legislatura por incumplir reiteradamente con la sentencia judicial.
“Durante todo este tiempo hubo exhortos para que cumplieran y siempre respondían con evasivas. Lo lamentable es que hasta que se les tocó el bolsillo decidieron aprobar la reforma”, expresó.