El expresidente municipal de Carmen, Pablo Gutiérrez Lazarus, podría recibir sanciones que van desde multas, inhabilitación y cárcel si se comprueba que durante su gestión incurrió en delitos u omisiones, ante la evidencia de los adeudos que dejó su administración, entre ellos obligaciones con los pagos al IMSS.
En la pasada sesión de Cabildo, donde Gutiérrez Lazarus presentó su separación definitiva del cargo, se exhibió que hasta el 22 de junio la administración de Ciudad del Carmen mantiene una deuda de 356 millones 673 mil 522.41 pesos, sin explicación sobre la falta de pago.
La Ley Orgánica de los Municipios de Campeche, en su artículo 72, obliga a los presidentes municipales a administrar recursos públicos conforme a la normatividad y prohíbe distraer fondos municipales de su destino legal. El artículo 134 establece que las infracciones generan responsabilidades administrativas.
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A nivel estatal, la Constitución de Campeche, en su artículo 89 bis, reconoce que los servidores públicos pueden ser sujetos de juicio político, responsabilidad administrativa y penal.
Además, auditorías federales y estatales detectaron gastos no justificados en la Cuenta Pública 2024 por más de 91 millones de pesos, mientras la Auditoría Superior de la Federación (ASF) halló anomalías por 53 millones en el gasto federalizado. La Asecam observó recursos por 38 millones 178 mil pesos adicionales.
El informe documenta contratos sin evidencia de cumplimiento, obras públicas sin bitácoras y pagos sin comprobación.
A nivel federal, el artículo 109 de la Constitución mexicana establece responsabilidades administrativas y sanciones políticas y penales. El Código Penal Federal, en sus artículos 223 (peculado) y 217 (uso ilícito de atribuciones), contempla delitos cuando se desvían recursos públicos o se omiten obligaciones legales de pago.
Si se acredita el desvío de recursos, las autoridades pueden iniciar investigaciones penales y administrativas, independientes de las sanciones que se impongan por cada vía.