El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las y los contribuyentes que durante cada ejercicio fiscal tienen derecho a realizar deducciones personales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley y cuenten con la documentación comprobatoria correspondiente.
De acuerdo con el organismo, es indispensable verificar cuidadosamente las facturas de los gastos que se pretenden deducir, asegurándose de que cada comprobante cumpla con los criterios fiscales necesarios para que el beneficio se refleje correctamente en la declaración anual.
Requisitos para deducir gastos personales
El SAT precisó que para que un gasto sea considerado deducible debe existir una factura electrónica (CFDI) que incluya el RFC del contribuyente correctamente registrado y que el concepto descrito coincida con el bien o servicio adquirido.
Además, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo, siempre a nombre de la persona que hará la deducción.
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Entre los gastos personales deducibles se encuentran los médicos y hospitalarios, funerarios, donativos, colegiaturas, primas de seguros de gastos médicos mayores, transporte escolar, créditos hipotecarios, así como aportaciones voluntarias para el retiro o cuentas especiales de ahorro.
Límites y restricciones del SAT
El organismo fiscal aclaró que el monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15 por ciento del total de los ingresos del contribuyente, aplicando siempre el límite menor entre ambos.
Asimismo, el SAT señaló que las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no pueden aplicar deducciones personales, por lo que deberán tomarlo en cuenta al elaborar su declaración.
Finalmente, la autoridad recomendó solicitar las facturas de manera mensual y mantener los comprobantes organizados durante todo el año, con el fin de facilitar el proceso de declaración y evitar inconsistencias en el ejercicio fiscal.
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