El adeudo superior a 92 millones de pesos que enfrenta la Alcaldía de Campeche por laudos laborales, además de 60 demandas vigentes aún sin resolver, podría derivar en el embargo de cuentas bancarias municipales por parte del Poder Judicial para garantizar el pago a los trabajadores despedidos que obtuvieron resoluciones favorables, situación que pondría en riesgo la prestación de servicios públicos y la ejecución de obras, advirtió el abogado laboralista Gabriel Abarca Villamonte, miembro de la Sociedad Mexicana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
El especialista explicó que un laudo firme equivale a un mandato legal de cumplimiento obligatorio. En caso de que la autoridad municipal incumpla con el pago, los trabajadores pueden solicitar su ejecución, lo que faculta a la autoridad judicial para embargar recursos del Ayuntamiento.
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Precisó que el mayor impacto recaería sobre el presupuesto destinado al gasto corriente, ya que la mayoría de los municipios no cuenta con fondos de reserva para enfrentar contingencias derivadas de juicios laborales. A ello, dijo, se suma que muchas desvinculaciones de trabajadores no se realizan conforme a la Ley, provocando que los ayuntamientos prolonguen los litigios.
Abarca Villamonte destacó que, a diferencia de los trabajadores del apartado A del artículo 123 constitucional, en los conflictos laborales burocráticos de Campeche no existe un tope para el pago de salarios caídos, lo que incrementa considerablemente el monto de las condenas conforme transcurren los años.
El abogado aclaró que no todos los bienes municipales pueden ser embargados. Explicó que los recursos del Capítulo 1000, destinados al pago de salarios y prestaciones, cuentan con protección constitucional. Sin embargo, las cuentas relacionadas con los capítulos 2000 y 3000, correspondientes a bienes, servicios, activo fijo y obra pública, sí pueden ser sujetas a embargo.
Consideró que el Ayuntamiento debe conformar un equipo especializado que revise caso por caso y defina alternativas como la reinstalación de trabajadores, convenios de pago en parcialidades, reconocimiento de responsabilidades o, en los casos donde proceda, fortalecer la defensa jurídica.
Sobre la posibilidad de que el Ayuntamiento ‘quiebre’, Abarca Villamonte precisó que ello no es jurídicamente viable, pues los municipios gozan de naturaleza constitucional que impide su declaración en quiebra o concurso mercantil. No obstante, subrayó que sí puede quebrarse su operatividad al verse comprometidos los recursos destinados al funcionamiento cotidiano.
Recordó que hace un par de años presentó una iniciativa para reformar la legislación burocrática de Campeche y establecer un tope a los salarios caídos. Indicó que más de 18 Entidades Federativas ya cuentan con este límite, entre ellas Yucatán, mientras que Campeche carece de esa regulación, lo que genera juicios prolongados de hasta 15 años y deudas millonarias.