A raíz de los múltiples despidos injustificados en el Ayuntamiento del Carmen, el presidente municipal Pablo Gutiérrez Lazarus podría hacerse acreedor a multas por desacato al no cumplir con las sentencias de los tribunales laborales e, incluso, podría solicitarse su destitución del cargo por no atender las resoluciones, señaló el abogado laboralista David Pech Tapia.
Noticia Destacada
Brutal choque entre taxi y motocicleta deja dos heridos en calles de Ciudad del Carmen
Lo anterior se da en el contexto del cese de 100 trabajadores municipales durante las administraciones del edil morenista, problema que fue expuesto públicamente por el secretario general del SUTBAJC, Miguel Ramón Córdoba. Según el líder sindical, las autoridades locales han tardado en reintegrar al servicio a quienes obtuvieron resoluciones favorables en juicios laborales, generando una situación de vulnerabilidad económica y jurídica para los trabajadores.
El abogado laboralista explicó que las resoluciones del juez se fundamentan en los artículos 940 y 945 de la Ley Federal del Trabajo. El primero establece que la ejecución de las sentencias y convenios corresponde a los tribunales, a cuyo fin dictarán las medidas necesarias para que la ejecución sea pronta y expedita. En tanto, el artículo 945 señala que las sentencias deben cumplirse dentro de los 15 días siguientes al día en que surta efecto la notificación. Vencido ese plazo, la parte favorecida podrá solicitar la ejecución de la resolución.
Además, la normatividad laboral prevé que, si el juez advierte que existe riesgo de no ejecutar la sentencia, o si el patrón realiza actos tendientes al incumplimiento de la misma, el juez tomará las medidas necesarias a efecto de lograr el cumplimiento eficaz de la sentencia; para ello podrá decretar el embargo de cuentas bancarias.
Pech Tapia aclaró que, con las reformas a la Ley Federal del Trabajo, el juez sí puede embargar las cuentas bancarias del patrón o de la entidad responsable cuando se trata de garantizar el cumplimiento de la sentencia. En este marco, el abogado advirtió que, si el Alcalde de Carmen incurre en desacato, además de la multa económica, al ser reiterado el incumplimiento podría solicitarse su destitución del cargo.
Por su parte, el expresidente del Colegio de la Barra de Licenciados en Derecho, Manuel Iris Balam, explicó que también podría constituirse un acto penal si la autoridad municipal realiza algún tipo de agresión hacia el trabajador. En el mismo sentido coincidió David Pech Tapia, quien sostuvo que, si el primer edil realiza algún acto violento, podría incurrir en un delito de carácter penal. El abogado Julián Andrade Requena indicó que cualquier acto de violencia del alcalde hacia los empleados podría integrarse como parte de la denuncia penal.